SENASA se ocupará de implementar la medidas en todo el territorio nacional. Norma recibió aportes de los diversos sectores involucrados sean públicos o privados
El ministerio de Agricultura y Riego (MINAGRI), promulgó el D.S. N.° 001- 2015-MINAGRI, que aprueba el Reglamento del Sistema Nacional de Plaguicidas de Uso Agrícola, siendo responsabilidad del Servicio Nacional de Sanidad Agraria (SENASA), su aplicación en todo el territorio nacional.
Este reglamento representa una norma moderna que mediante la creación de un sistema nacional regula todas las actividades comprendidas en el ciclo de vida de los plaguicidas de uso agrícola, desde su fabricación hasta su disposición final; asegurando la protección a la salud, el ambiente y la eficacia biológica; y permite que los diferentes actores del sistema como productores y consumidores, dispongan de insumos agrícolas de calidad que al ser utilizados de manera autorizada garanticen la inocuidad de los alimentos destinados al consumo nacional como de exportación.
El texto íntegro de la norma recibió aportes y observaciones que han sido consensuadas oportunamente por las autoridades pertenecientes a la Dirección General de Salud Ambiental (DIGESA) del Ministerio de Salud, Dirección General de Asuntos Ambientales Agrarios (DGAAA), autoridad sectorial ambiental del Ministerio de Agricultura y Riego, y demás sectores involucrados como gremios, industria, academia, sociedad civil, asociaciones sin fines de lucro, etc.
Entre los beneficios que otorga este reglamento destacan la consolidación en una sola regulación de todas las actividades del ciclo de vida de los plaguicidas de uso agrícola tales como la importación, fabricación, formulación, comercialización, distribución, envasado, emergencias fitosanitarias, vigilancia y control de los plaguicidas registrados. La medida impulsará las agroexportaciones en el país.
El otorgamiento de un tratamiento diferenciado del registro y control por cada tipo de plaguicida de uso agrícola como: químicos, biológicos, reguladores de crecimiento de plantas y atípicos.
Asimismo, optimiza significativamente los procedimientos y requisitos aplicables a cada tipo de plaguicida, lo cual se refleja en el otorgamiento del registro de un plaguicida en plazos más cortos y con la sola presentación de los requisitos más necesarios. Por ejemplo, el administrado podrá disponer de diferentes alternativas para registrar un plaguicida químico de uso agrícola en plazos significativamente más cortos e involucra a todos los actores, como: gobiernos regionales, gobiernos locales, autoridades de apoyo en materias de salud y ambiente, incluyendo al sector privado, participación estratégica y necesaria en la vigilancia y control de los plaguicidas registrados.
El Decreto Supremo promulgado por el MINAGRI señala que el reglamento es de aplicación a toda persona natural o jurídica, sociedades de hecho, patrimonios autónomos o cualquier otra entidad, de derecho público o privado, con o sin fines de lucro, en el ámbito de las actividades relacionadas al ciclo de vida de los plaguicidas de uso agrícola, en todo el territorio nacional.
Con esta moderna norma, el SENASA se compromete a seguir trabajando para el desarrollo sostenible de la agricultura nacional.