El Ministerio de Agricultura y Riego, a través del Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre (SERFOR) y el Departamento de Medio Ambiente Piura de la Policía Nacional del Perú decomisaron 924 kilos de carbón vegetal de algarrobo de procedencia ilegal, que estaba como encomienda en la empresa de transportes Flores Hnos. S.R.L. en Piura.
En bolsas de papel pretendían enviar producto forestal a la ciudad de Arequipa.
El producto forestal ilegal estaba en 12 sacos de polietileno de 48 kilos y en 29 bolsas de papel de 12 kilos aproximadamente. En los pasillos de la zona de embarque de la agencia, el carbón de algarrobo era cambiado de los sacos de polietileno a las bolsas de papel, para enviarlo como encomienda a la ciudad de Arequipa.
Durante la intervención, la responsable de la agencia de transporte mostró una boleta de venta por la adquisición de “20 sacos de carbón” emitida por un establecimiento de comercialización que no cuenta con la debida autorización otorgada por el SERFOR.
De acuerdo a la Ley N° 29763, Ley Forestal y de Fauna Silvestre, los especialistas de la Administración Técnica Forestal y de Fauna Silvestre (ATFFS) Piura, órgano desconcentrado del SERFOR, procedieron a la incautación del producto forestal y a la apertura de la investigación para determinar las responsabilidades administrativas.
El único documento que demuestra la procedencia legal del carbón vegetal o leña de algarrobo o cualquier otro producto forestal es la Guía de Transporte Forestal.
La mencionada Ley Forestal y de Fauna Silvestre impulsa el aprovechamiento sostenible y formal en diferentes modalidades, como otorgar autorizaciones para el establecimiento de centros de transformación primaria, lugares de acopio, depósitos y centros de comercialización de productos en estado natural o con transformación primaria; señaló el Ing. Juan Otivo Meza, responsable de la ATFFS Piura.
Asimismo, expresó que el algarrobo, especie forestal emblemática del bosque seco, está amenazado por la tala indiscriminada; la leña es usada ilegalmente como combustible en las pollerías, restaurantes, panaderías, ladrilleras, y también es procesada para convertirla en carbón vegetal. Por ello, el Estado peruano la categoriza en estado ‘vulnerable’ para su protección, según el Decreto Supremo N° 043-2006-AG que aprueba la categorización de especies amenazadas de flora silvestre.
La Ley N.° 29763 sanciona con el pago de una multa superior a los 40 mil 500 soles, lo que equivale a más de 10 Unidades Impositivas Tributarias (UIT), a quienes adquieran, transporten, comercialicen, exporten, posean, talen, extraigan o aprovechen recursos forestales, sin la autorización de la autoridad competente.