El Ministerio de Agricultura y Riego, a través del Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre (SERFOR), con el apoyo de la Fiscalía Especializada en Materia Ambiental y el Departamento de Medio Ambiente de la Policía Nacional del Perú, intervinieron el parque acuático Aqualandia de Piura, por no tener la autorización para poseer y exhibir especímenes vivos de fauna silvestre.

Local no tenía autorización para poseer y exhibir especímenes vivos de fauna silvestre.

Las autoridades constataron, que el referido centro de esparcimiento, ubicado en la avenida Progreso (vía que conduce a Catacaos) del distrito de Castilla, poseía dos monos choro (Lagothrix lagotricha), un mono machín (Sapajus macrocephalus), tres loras amazónicas (Amazona amazonica), dos guacamayos azul y amarillo (Ara ararauna), dos pihuichos (Brotogeris versicolurus) y un guacamayo rojo verde (Ara chloropterus).

Los responsables del local no tenían la autorización para poseer fauna silvestre en cautiverio. Por ello, el personal especializado de la Administración Técnica Forestal y de Fauna Silvestre (ATFFS) Piura, órgano descentralizado del SERFOR, procedió a decomisarlos e iniciar el proceso administrativo sancionador; de acuerdo a la Ley N° 29763, Ley Forestal y de Fauna Silvestre.

El Ing. Juan Otivo Meza, responsable de la ATFFS Piura, informó que los especímenes de fauna silvestre rescatados, se encuentran en regular estado corporal; sin embargo presentan un alto grado de estrés por las mismas condiciones de cautiverio.

Asimismo, informó que serán evaluados por los médicos veterinarios, y que oportunamente se ha coordinado con los zoológicos autorizados por el SERFOR en el país, para determinar su traslado, custodia y cuidado, en función a la distribución de sus hábitats naturales.

Especies protegidas

El funcionario enfatizó que el Estado peruano protege a todas las especies de flora y fauna silvestre. Para el caso de las especies amenazadas, existen dos decretos supremos (uno de flora y otro de fauna silvestre) que determina su grado de peligro.

En ese sentido, el Decreto Supremo N° 004-2014-MINAGRI, que aprueba la categorización de especies amenazadas de fauna silvestre, señala a los monos choros “En peligro” (EN), mientras que al guacamayo rojo verde como “Casi amenazado” (NT).

Del mismo modo, la Ley Forestal y de Fauna Silvestre establece multas para quienes capturen, adquieran, posean, exporten, transporten, comercialicen o aprovechen los recursos de flora o fauna silvestre, sin la debida autorización, o que provengan de centros no autorizados por la autoridad regional competente, en Piura es el SERFOR.

Finalmente dijo que se permite el manejo de la fauna silvestre en cautividad como; centros de cría, centros de rescate, zoocriaderos y zoológicos. Para lo cual, deben cumplir con los requisitos que establece la normatividad y así obtener su autorización.

Más información

El informe de la intervención a cargo del SERFOR, a través de la ATFFS Piura, será remitido a la Fiscalía Especializada en Medio Ambiente de Piura del Ministerio Público del Perú, para las acciones civiles y penales.

Todos los animales silvestres cumplen una función importante para el bosque; sin embargo, sus poblaciones están amenazadas por la caza indiscriminada para el tráfico ilícito y por la destrucción de su hábitat natural. Por ello, el SERFOR implementa la Estrategia Nacional para reducir el tráfico ilegal de fauna silvestre en el Perú y lidera la campaña “Si compras eres cómplice”.