Dueños de la carga proponen consideraciones a la concesión del Muelle Norte
Sobre el proceso de concesión de Muelle Norte, CONUDFI, presentó a PROINVERSIÓN las recomendaciones que deben tener en cuenta para proteger los intereses de los dueños de la carga antes de proceder con esta concesión.
Sobre el proceso de concesión de Muelle Norte, CONUDFI, presentó a PROINVERSIÓN las recomendaciones que deben tener en cuenta para proteger los intereses de los dueños de la carga antes de proceder con esta concesión.
Entre las propuestas de CONUDFI destacan:
1. Tarifas
El contrato debe contener reglas claras para el operador sobre lo que puede cobrar al usuario de carga por los servicios estándar y especiales, debe imposibilitarse la practica de subsidios cruzados entre servicios, y que no se consideren como servicios a la carga servicios que son de la nave o que ya están pagados en el flete, por ello solicitan la corrección del contrato de concesión. Asimismo el servicio estándar para la nave debe incluir: trinca/destrinca, verificación de carga, transmisión electrónica y revisión de precintos, y separación de carga peligrosa. Además, los servicios especiales como barrido de contenedor, lavado simple, lavado químico, reparación de contenedor vacío, suministro de agua y servicio telefónico, según este contrato se estarían cobrando indebidamente a la carga y no a la nave como corresponde..
2. Nueva Terminal de Contenedores
El contrato de concesión incluye una tercera terminal de contenedores que en su primera etapa es equivalente al Puerto de Paita. Esta área acuática, cuyas expectativas de extensión igualan ó superan a la Terminal Sur, constituiría una infraestructura nueva donde no se requiere la participación de ENAPU, no afectaría la operación del Callao durante su construcción, y se convertiría en la perfecta oportunidad para generar competencia intraportuaria real, por lo que CONUDFI propone que esta terminal deba ser concesionada antes de fin de año de manera independiente al Muelle Norte.
3. Marco de Competitividad
El gremio también ha identificado que la legislación es insuficiente para asegurar la competitividad de nuestro comercio exterior, los proyectos de Reglamentos sobre Servicios Portuarios deben ser claros en definir que son servicios a la nave y servicios a la carga. Adicionalmente, deben reglamentarse los artículos de la Ley de Puertos sobre solución de controversias y defensa de la libre competencia, para constituir un sistema de Defensa al Usuario de la Carga, hoy inexistente
CONUDFI espera que PROINVERSION de respuesta a sus propuestas, en particular aquellas referidas al contenido de los servicios estándares y especiales a la carga, y disponga el inicio de la tercera terminal de manera independiente y no como parte de la Terminal Norte del Callao.
1. Tarifas
El contrato debe contener reglas claras para el operador sobre lo que puede cobrar al usuario de carga por los servicios estándar y especiales, debe imposibilitarse la practica de subsidios cruzados entre servicios, y que no se consideren como servicios a la carga servicios que son de la nave o que ya están pagados en el flete, por ello solicitan la corrección del contrato de concesión. Asimismo el servicio estándar para la nave debe incluir: trinca/destrinca, verificación de carga, transmisión electrónica y revisión de precintos, y separación de carga peligrosa. Además, los servicios especiales como barrido de contenedor, lavado simple, lavado químico, reparación de contenedor vacío, suministro de agua y servicio telefónico, según este contrato se estarían cobrando indebidamente a la carga y no a la nave como corresponde..
2. Nueva Terminal de Contenedores
El contrato de concesión incluye una tercera terminal de contenedores que en su primera etapa es equivalente al Puerto de Paita. Esta área acuática, cuyas expectativas de extensión igualan ó superan a la Terminal Sur, constituiría una infraestructura nueva donde no se requiere la participación de ENAPU, no afectaría la operación del Callao durante su construcción, y se convertiría en la perfecta oportunidad para generar competencia intraportuaria real, por lo que CONUDFI propone que esta terminal deba ser concesionada antes de fin de año de manera independiente al Muelle Norte.
3. Marco de Competitividad
El gremio también ha identificado que la legislación es insuficiente para asegurar la competitividad de nuestro comercio exterior, los proyectos de Reglamentos sobre Servicios Portuarios deben ser claros en definir que son servicios a la nave y servicios a la carga. Adicionalmente, deben reglamentarse los artículos de la Ley de Puertos sobre solución de controversias y defensa de la libre competencia, para constituir un sistema de Defensa al Usuario de la Carga, hoy inexistente
CONUDFI espera que PROINVERSION de respuesta a sus propuestas, en particular aquellas referidas al contenido de los servicios estándares y especiales a la carga, y disponga el inicio de la tercera terminal de manera independiente y no como parte de la Terminal Norte del Callao.