PPK: gato por liebre
Por Humberto Campodónico
¿Qué tan cierta es la afirmación de que constituyen “sobrecostos laborales” los 30 días de vacaciones, la Compensación por Tiempo de Servicios y las dos “gratificaciones” por año? Y, a partir de allí, ¿que esos “sobrecostos” impiden que los empresarios contraten más trabajadores? Lo anterior desemboca en la siguiente “propuesta” de PPK: para crear más empleos, hay que disminuir los “sobrecostos”, es decir, las vacaciones, la CTS y las dos “gratis”.
Por Humberto Campodónico
¿Qué tan cierta es la afirmación de que constituyen “sobrecostos laborales” los 30 días de vacaciones, la Compensación por Tiempo de Servicios y las dos “gratificaciones” por año? Y, a partir de allí, ¿que esos “sobrecostos” impiden que los empresarios contraten más trabajadores? Lo anterior desemboca en la siguiente “propuesta” de PPK: para crear más empleos, hay que disminuir los “sobrecostos”, es decir, las vacaciones, la CTS y las dos “gratis”.
Eso no es cierto, pues se trata de ideología pura al servicio de intereses empresariales. Veamos por qué:
Ver cuadro aquí |
En el Perú, la Población Económicamente Activa (PEA) es de 14.3 millones, de los cuales más de un millón están en el sector público, 550,000 (sobre todo mujeres) son trabajadoras del hogar y más de 2.6 millones son independientes (aquí están los pequeños productores rurales, los autoempleados y los trabajadores familiares no remunerados —TFNR que, por definición, están fuera de las normas laborales—).
Por tanto, nos quedan 10.1 millones de personas en el sector privado y que serían susceptibles de “sobrecostos”. Por eso en el 2008 se promulgó el DL 1086 (Ley MYPE) que recorta las vacaciones a 15 días, elimina la CTS y las dos “gratis”. ¿A quienes se aplica? A la microempresa y a la pequeña empresa (que ahora comprende hasta 100 trabajadores). La gran y la mediana empresa se siguen rigiendo por la Ley General del Trabajo (DL 728).
¿Es que el DL 1086 ha sido exitoso y ha formalizado a los 3.167 millones de microempresas, ahora que ya no tienen que pagar “sobrecostos”? No, dice el Registro Nacional de la Micro y Pequeña Empresa (REMYPE): a diciembre del 2010, solo 88,764 empresas se habían acogido al DL 1086 (79,371 Microempresas y 9,393 pequeñas empresas).
Por tanto, solo el 2.53% (79,371 entre 3.167 millones) del total de microempresas se acogió al DL 1086. Esto equivale a solo 140,000 trabajadores, de un total de 7.8 millones que hay en las MYPE. Dicho de otra manera, la Ley MYPE ha fracasado porque estaba errada en su concepto: el problema no son los “sobrecostos”.
Esto lo demuestra el hecho siguiente: de los 530,000 empleos que se han creado en Lima en el periodo 2002-2009 según la Encuesta Permanente de Empleo (EPE) del INEI, 384,000 lo fueron en las empresas de más de 50 trabajadores, que se rigen por el DL 728. Solo 93,000 empleos se crearon en empresas de 11 a 50 trabajadores y 53,000 en empresas de 1 a 10 trabajadores, donde rige la Ley MYPE.
Resumiendo: la Ley MYPE que recorta los derechos de los trabajadores solo ha logrado que se formalicen 88,000 empresas y 140,000 trabajadores, de un total de 3.1 millones de empresas y 7.87 millones de trabajadores, respectivamente. De otro lado, la mayor cantidad de empleos se ha creado en el sector formal, pagando los llamados “sobrecostos laborales”.
La receta de PPK (“el mejor”) acerca del “sobrecosto” no sirve para nada. El problema es, por un lado, de bajos ingresos que no crecen, a pesar del aumento de la productividad y, de otro, por la falta de sindicatos y las leyes antiobreras de Fujimori, que han sido mantenidas por todos los gobiernos posteriores. Tema que veremos en un próximo artículo.
Nota: Buena parte de la información de este artículo fue proporcionada por el economista Julio Gamero, ex viceministro de Trabajo.
www.cristaldemira.com
Por tanto, nos quedan 10.1 millones de personas en el sector privado y que serían susceptibles de “sobrecostos”. Por eso en el 2008 se promulgó el DL 1086 (Ley MYPE) que recorta las vacaciones a 15 días, elimina la CTS y las dos “gratis”. ¿A quienes se aplica? A la microempresa y a la pequeña empresa (que ahora comprende hasta 100 trabajadores). La gran y la mediana empresa se siguen rigiendo por la Ley General del Trabajo (DL 728).
¿Es que el DL 1086 ha sido exitoso y ha formalizado a los 3.167 millones de microempresas, ahora que ya no tienen que pagar “sobrecostos”? No, dice el Registro Nacional de la Micro y Pequeña Empresa (REMYPE): a diciembre del 2010, solo 88,764 empresas se habían acogido al DL 1086 (79,371 Microempresas y 9,393 pequeñas empresas).
Por tanto, solo el 2.53% (79,371 entre 3.167 millones) del total de microempresas se acogió al DL 1086. Esto equivale a solo 140,000 trabajadores, de un total de 7.8 millones que hay en las MYPE. Dicho de otra manera, la Ley MYPE ha fracasado porque estaba errada en su concepto: el problema no son los “sobrecostos”.
Esto lo demuestra el hecho siguiente: de los 530,000 empleos que se han creado en Lima en el periodo 2002-2009 según la Encuesta Permanente de Empleo (EPE) del INEI, 384,000 lo fueron en las empresas de más de 50 trabajadores, que se rigen por el DL 728. Solo 93,000 empleos se crearon en empresas de 11 a 50 trabajadores y 53,000 en empresas de 1 a 10 trabajadores, donde rige la Ley MYPE.
Resumiendo: la Ley MYPE que recorta los derechos de los trabajadores solo ha logrado que se formalicen 88,000 empresas y 140,000 trabajadores, de un total de 3.1 millones de empresas y 7.87 millones de trabajadores, respectivamente. De otro lado, la mayor cantidad de empleos se ha creado en el sector formal, pagando los llamados “sobrecostos laborales”.
La receta de PPK (“el mejor”) acerca del “sobrecosto” no sirve para nada. El problema es, por un lado, de bajos ingresos que no crecen, a pesar del aumento de la productividad y, de otro, por la falta de sindicatos y las leyes antiobreras de Fujimori, que han sido mantenidas por todos los gobiernos posteriores. Tema que veremos en un próximo artículo.
Nota: Buena parte de la información de este artículo fue proporcionada por el economista Julio Gamero, ex viceministro de Trabajo.
www.cristaldemira.com