Medida sólo ocasionará disminución de liquidez en las empresas.
La Sunat debe establecer fecha límite para desmantelar este mecanismo perverso para las empresas. La Sunat cobra por recaudar Essalud, mientras las empresas recaudan gratuitamente aun cuando no es el giro de su negocio.
Ante el apremio de recaudación fiscal, la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat) ha publicado en su página web un proyecto de resolución para incrementar la tasa de detracciones del 10% al 12%, que afecta a diversos bienes y servicios gravados con el Impuesto General a las Ventas (IGV), en tal sentido, el presidente de la Cámara de Comercio de Lima, Mario Mongilardi Fuchs, expresó la discrepancia con dicha medida, argumentando que lo único que ocasionará será disminuir la liquidez de las empresas.
La CCL considera –prosiguió Mongilardi Fuchs– que se debe eliminar a la brevedad los tres sistemas de pagos adelantados del IGV (retenciones, percepciones y detracciones), creados con el fin de combatir la informalidad, pero que en la práctica se han convertido en tributos adelantados, que son recaudados gratuitamente por las empresas, bajo sanciones drásticas en casos de incumplimiento o errores.
Ante esta situación, Mongilardi Fuchs propuso que la Sunat establezca una fecha límite para desmantelar este mecanismo perverso que actualmente lo único que hace es restar liquidez a las empresas.
De otro lado, el presidente de la CCL también propuso que los excedentes de los pagos de impuestos de las empresas o personas naturales deben ser utilizados como compensaciones para pagos de cualquier tributo que administra Sunat, inclusive para el pago de deudas a Essalud y la ONP, por lo cual esta entidad recaudadora recibe una comisión, mientras que las empresas cuyo giro de su negocios no es recaudar, lo tiene que hacer por disposición normativa y de manera gratuita, generando sobrecostos en detrimento de la rentabilidad de las mismas.
Como se recordará, en Perú, desde el 2002 existen tres sistemas de pagos adelantados: retenciones, a través del cual el contribuyente notificado por Sunat debe retener una parte del IGV a su proveedor de bienes y servicios; percepciones, en las importaciones y en las ventas internas el importador o el comprador local, además de pagar los impuestos, debe entregar un porcentaje del IGV adelantado; en tanto que las detracciones, el que compra bienes o el usuario de los servicios empresariales debe detraer (descontar) un porcentaje del IGV para depositarlo en el fondo de detracciones del Banco de la Nación. Este fondo le sirve al proveedor para pagar los tributos administrados por la Sunat como el Impuesto a la Renta, Impuesto Selectivo al Consumo, IGV, entre otros.