Simplificará, optimizará y estandarizará TUPA de entidades públicas.

El Poder Ejecutivo aprobó el reglamento del Sistema Único de Trámites (SUT), plataforma virtual a cargo de la Presidencia del Consejo de Ministros, a fin de simplificar los procedimientos administrativos y servicios que las entidades públicas prestan a ciudadanos y empresas.

Así, el D. S. N.º 031-2018-PCM establece las funcionalidades y contenidos del SUT, que busca además reducir los derechos de tramitación, tiempos, requisitos, plazos; elaborar un TUO de los procedimientos de las entidades; aprobar los proyectos de TUPA, así como simplificar el proceso de ratificación de tasas municipales, explicó el experto y gerente legal de la Cámara de Comercio de Lima (CCL), Víctor Zavala Lozano.

El reglamento precisa los órganos responsables de la administración del SUT, tanto de los procesos de conducción y elaboración del TUPA como el de administración de usuarios de acceso; el trámite para el registro, modificación y publicación de los procedimientos administrativos y servicios prestados solo en el SUT; el mecanismo para la identificación de procesos interconectados, a fin de establecer la cadena de trámites y la estandarización de procedimientos, entre otros.

Regula también la supervisión y fiscalización del registro, contenido y actualización del SUT, la revisión de los costos de los procedimientos administrativos y servicios prestados a exclusividad, de acuerdo con la metodología de determinación de costos fijado por la Ley del procedimiento administrativo general.

Para el registro de los trámites que crean las autoridades, se exigirá el sustento técnico legal y el sustento técnico de los costos vinculados a cada procedimiento, que deberán corresponder al costo real del servicio; así como la información relevante y de utilidad para atender a los usuarios. Por ejemplo, lugares de atención, horarios, datos de contacto, medios de pago, etcétera.

Según la norma, la Secretaría de Gestión Pública de la PCM, en caso de incumplimiento de la calidad regulatoria de las normas o de simplificación administrativa, notificará a la autoridad para que en un plazo de 15 días hábiles subsane los incumplimientos detectados. Vencido tal plazo, sin la subsanación respectiva, se comunicará al órgano de control institucional de la entidad y a la Comisión de Eliminación de Barreras Burocráticas del Indecopi, para que de oficio se inicie el procedimiento de eliminación de las trabas burocráticas detectadas.

Decretos legislativos

El SUT fue creado por el D. Leg. N° 1203, como herramienta informática para la elaboración, simplificación y estandarización de los TUPA. Dicho sistema está a cargo de la Secretaría de Gestión Pública de la PCM, que debe monitorear y fiscalizar a las autoridades que no cumplan con las normas de simplificación administrativa. Luego, el D. Leg. N.° 1310 fijó que todas las entidades del Ejecutivo deben identificar, reducir y/o eliminar aquellos trámites que resulten innecesarios, injustificados y redundantes, a fin de mejorar la calidad regulatoria del Ejecutivo. 

 

El Peruano, 24.03.2018