Cuestionan resolución de innovación tecnológica para industria pesquera
Titular de Producción debe explicar técnicamente ampliación del plazo de harineras para que a través de la innovación tecnológica mitiguen emisiones del medio ambiente
El congresista de la República, Wilder Calderón Castro, solicitó a la Ministra de la Producción, Elena Conterno Martinelli, informar a su despacho sobre el sustento que ampara la Resolución Ministerial Nº 242-2009-PRODUCE, adjuntando para tal efecto los informes técnicos y legales respectivos.
El congresista de la República, Wilder Calderón Castro, solicitó a la Ministra de la Producción, Elena Conterno Martinelli, informar a su despacho sobre el sustento que ampara la Resolución Ministerial Nº 242-2009-PRODUCE, adjuntando para tal efecto los informes técnicos y legales respectivos.
Este dispositivo ministerial resuelve ampliar excepcionalmente el plazo establecido en los artículos 1º y 3º de la Resolución Ministerial Nº 621-2008-PRODUCE, que dispuso que los titulares de los establecimientos industriales pesqueros de harina y aceite de pescado y recursos hidrobiológicos están obligados a realizar innovación tecnológica para mitigar sus emisiones en el medio ambiente.
El legislador aprista sostuvo que el pedido lo formuló mediante Oficio Nº 195-2009-CR/WCC con fecha 24 de junio de 2009. “Estamos esperando, para tal efecto, los informes a que hubiese lugar en los estamentos técnicos de ese portafolio, por considerar prioritaria la cuestión ambiental y la responsabilidad social de las harineras”, explicó.
“Cabe recalcar que la citada Resolución Ministerial tendría un error de forma, al mencionar en el título de la misma a la Resolución Ministerial Nº 624-2008-PRODUCE y en todos los considerandos y la parte resolutiva a la Resolución Nº 621-2008-PRODUCE. Adicionalmente a ello es importante que el país conozca las razones que sustentan lo dispuesto en la citada Resolución Ministerial”, puntualizó.
El legislador aprista sostuvo que el pedido lo formuló mediante Oficio Nº 195-2009-CR/WCC con fecha 24 de junio de 2009. “Estamos esperando, para tal efecto, los informes a que hubiese lugar en los estamentos técnicos de ese portafolio, por considerar prioritaria la cuestión ambiental y la responsabilidad social de las harineras”, explicó.
“Cabe recalcar que la citada Resolución Ministerial tendría un error de forma, al mencionar en el título de la misma a la Resolución Ministerial Nº 624-2008-PRODUCE y en todos los considerandos y la parte resolutiva a la Resolución Nº 621-2008-PRODUCE. Adicionalmente a ello es importante que el país conozca las razones que sustentan lo dispuesto en la citada Resolución Ministerial”, puntualizó.