Anuncio ecuatoriano no beneficia a exportaciones peruanas


Ecuador reemplazó la cuota por una sobretasa  cuyo impacto es equivalente a la aplicación de cuotas y sigue dilatando el cumplimiento de su promesa de darle al Perú un trato diferenciado y que todavía no acata la resolución de la CAN.


En una primera evaluación de la Resolución N.º 487 del  Gobierno ecuatoriano, que elimina la aplicación de cuotas a los productos peruanos, la Asociación de Exportadores (ADEX), señaló que no representa ningún beneficio para el Perú pues es reemplazada por sobretasas que al final de cuentas mantiene el perjuicio a las empresas peruanas.


Si bien se ha dejado de lado una cuota que establece un límite rígido a la exportación, la sobretasa obligaría al exportador a reducir sus precios si es que quiere mantener su presencia en el mercado ecuatoriano.

El presidente del gremio exportador, José Luis Silva Martinot manifestó que ADEX está analizando el impacto de ese dispositivo, pero que lo que si queda claro es que lo que hizo nuestro país vecino, técnicamente, es reemplazar la cuota por una sobretasa  cuyo impacto es equivalente a la aplicación de cuotas.
 
La resolución 487 indica que Ecuador, acatando la recomendación de la Organización Mundial de Comercio (OMC), sustituye las “restricciones cuantitativas” (léase cupos o cuotas) por  “medidas basadas en precios”, es decir  sobretasas ad valorem y sobretasas específicas que no son sino  más impuestos que encarecen el producto peruano en ese mercado.

Primer análisis

En el análisis se observa que 268 productos peruanos afectos anteriormente por la cuota sufrieron ahora un cambio en su trato al ser gravados por sobretasas; por ejemplo, de las 23 partidas del subsector metalmecánico que tenían una cuota equivalente al 65% del valor importado en el año 2008, ahora ocho son gravados por una sobretasa del 3%  y las 15 restantes con una sobretasa del 12%.

Asimismo, en la norma anterior 245 partidas eran restringidas por una cuota equivalente al 70% del valor importado en el 2008, de las cuales solo dos partidas son movidas a la canasta con una sobretasa de 3%; el grueso de la lista (219) que involucra productos del agro, textiles, metalmecánica, químicos, bisutería, están gravados por una sobretasa de 12%. En el caso de nuestras exportaciones a Ecuador, la mayoría se encuentra en este grupo, US$ 30.7 millones en el período enero-mayo, cifra que se encuentra 5% por debajo del valor exportado en el mismo periodo del 2008.

También hay un grupo particular de cuatro partidas relacionadas con radiales para el sector automotriz a los cuales se les ha afectado con una sobretasa específica de 80 centavos de dólar por kilo.


Finalmente, Ecuador mantiene bajo cuotas 20 productos que no dejan de ser importantes para el Perú pues se trata de un comercio de US$ 4.5 millones en los primeros cinco meses del año que como consecuencia de la medida cayeron en 23% respecto al mismo período del año anterior.

Por todo ello, Silva Martinot criticó la actitud ecuatoriana que pese a los múltiples anuncios no resuelve el problema de fondo que es restituir los beneficios que tenía nuestro país al ser miembro del bloque andino. “Lo que tenemos en concreto hasta ahora es que Ecuador sigue dilatando el cumplimiento de su promesa de darle al Perú un trato diferenciado y que todavía no acata la resolución de la CAN”, concluyó.

A tomar en cuenta

Entre enero y mayo de este año,  Ecuador se ubicó en el puesto décimo tercero del ranking de mercados destino. Nuestras exportaciones a ese mercado sumaron US$ 194 millones 112 mil, lo que representó el 2.15%  del total.

El 21 de enero pasado, Quito impuso salvaguardas a la importación de unas 627 partidas arancelarías provenientes de todo el mundo, las cuales comprenden 353 productos que Perú vende a ese país.

Se debe recordar que la medida ecuatoriana incluía tres tipos de penalizaciones a las exportaciones peruanas; un grupo de partidas se afectó por sobretasas ad valorem (porcentaje adicional sobre el precio del producto), otro  grupo se afectó por una sobretasas específica (por kilo) y un tercer grupo de partidas que estaban  restringidas mediante cupos (topes máximos en volumen).