Herbert Mujica Rojas
Los deformadores maleantes de la historia, pretenden santificar el gobierno entreguista de Alberto Kenya Fujimori, cuando fue todo lo contrario: el reino de las privatizaciones, los bolsillos llenos y la inmoralidad a troche y moche.
Pocas semanas atrás, los privatistas mercenarios impulsaron la privatización de la Refinería de Talara y aunque agazapados, menester preciso es recordar la negra historia que rodea a La Pampilla cuando fuera regalada a la española Repsol, la misma que contamina en el norte chico y se desentiende de sus obligaciones.
Demos cuenta de un asunto muy significativo: ¡cómo se regaló a Repsol, Refinería La Pampilla y el hecho fue escrito por el ingeniero en petróleo y patriota, Carlos Repetto Grand en el artículo del 26-2-2003, titulado El delito de receptación y la Refinería La Pampilla, publicado en El Vocero.
Recordaba Repetto: “Como es de conocimiento público, Fujimori, valiéndose de la complicidad de algunos ministros, ahora prófugos o en el extranjero, el 14 de junio de 1991 dio la ley autoritativa en virtud de la cual con el pretexto de emprender una reforma del Estado y promover la inversión privada, suscribió 117 decretos legislativos”.
Continuó Repetto: “Por este uso desmedido de facultades delegadas y por su intromisión en la función legislativa, el Congreso en una reacción lógica y justa, dictó la ley 25397 (9-2-92) o la ley del Control Parlamentario sobre los actos normativos del Presidente”.
“Luego del 5 de abril, muy tempranamente, una de las primeras decisiones que tomó la dictadura recién instaurada fue la suscripción de la Resolución Suprema 290 – 92 – PCM, cuyos suscriptores fueron Fujimori como Presidente y Jaime Yoshiyama Tanaka como Ministro de Energía y Minas, encargado de la presidencia del Consejo de Ministros, constituyéndose una Comisión Especial para llevar a cabo el proceso de privatización de Petroperú S.A., con las siguientes personas, Augusto Baertl Montori, que la presidió, y como miembros: Martha Gladys Chávez de Cossío, Fernando D´Alessio Ipinza, Jaime Quijandría Salmón y Daniel Saba de Andrea”, recordó Repetto.
“Desde ese instante se inició el desmembramiento de Petroperú S.A. privándola de sus mejores Unidades de Negocios, entre ellas la imponente Refinería La Pampilla, transferido el 60% de su valor accionario en junio de 1996 al consorcio liderado por la transnacional española Repsol, por 180.5 MMUS$, de los cuales 142.5 MMUS$ fueron amortizados al contado y los 38 MMUS$ restantes, por el valor nominal de obligaciones inelegibles de la deuda externa”, subrayó Repetto.
“Esta refinería construida con el esfuerzo de muchos peruanos en 1967, modernizada y aumentada en capacidad de refinación (100 MB/D) en 1975; en 1994 con Petroperú S.A. generaba 657 MMUS$, con utilidades de 60 MMUS$ pagando impuestos. En el año 2000, ya con la férula española, genera 900 MMUS$ y utilidades de 16 MMUS$, con una facturación diaria que bordea los 2.6 MMUS$, proveniente inclusive de un mercado cautivo de combustibles, con los que en tres años habrían recuperado su inversión los compradores”, apuntó el ingeniero Repetto.
“Todos estos datos revelan que ha habido subvaluación, un precio base para el concurso, calculado artificiosamente, arreglado, demasiado bajo, precisamente para fomentar el clientelismo con los compradores”, escribió Repetto.
“Tener en cuenta que sólo los 5 millones de metros cuadrados de terrenos de La Pampilla, a precio de arancel industrial no menor de 20US$/metro cuadrado, contabiliza 100 MMUS$. Se suma a ello que refinerías similares en capacidad y procesos como la Refinería estatal Esmeralda en el Ecuador, se valoriza en no menos de 1,000 millones de dólares, con inclusión del mercado”, denunció Carlos Repetto.
“Todo ello, desemboca a pensar de que hubo delito de Receptación, que de acuerdo al artículo 194 del Código Penal se describe como aquél que adquiere, recibe en donación o en prenda o guarda, esconde, vende o ayuda a negociar un bien de cuya procedencia delictuosa tenía conocimiento o debía presumir que provenía de un delito, será reprimido con pena privativa de la libertad no menos de uno ni mayor de tres años y con treinta y noventa días de multa”, redactó Repetto.
“La transnacional Repsol , basada en su conocimiento y experiencia de la actividad refinera, sabía de antemano que estaba adquiriendo un bien del Estado, totalmente subvaluado, inclusive sabiendo el papel de reducidor que representaba el gobierno de facto, que deslegitima cualquier proceso o transacción comercial, cayendo por consiguiente de no poder probar lo contrario, lo que es prácticamente imposible, en delito de Receptación” finalizó Repetto.
23.11.2023
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