La resolución de la Corte Internacional de Justicia
Juan Carlos Herrera Tello (*)
En el actual proceso iniciado por el Estado Plurinacional de Bolivia contra Chile, para que la Corte Internacional de Justicia falle en el sentido que Chile de buena fe negocie con el altiplano para obtener un acceso soberano al mar, éste se vio interrumpido cuando Chile planteó una objeción orientada a que la Corte no tenía jurisdicción de ver este asunto debido a que los límites con aquella república estaban culminados por el Tratado de 1904, y por eso no es aplicable el Pacto de Bogotá en sus artículos VI y XXXI.