En el diario chileno Emol del 4 de setiembre de este año, con el título “Caso SQM: Fiscalía solicita dejar sin efecto fallo que absuelve a Longueira, MEO y resto de imputados”, se lee en el artículo de M. Silva:
La Fiscalía Regional de Valparaíso ingresó este viernes un recurso de nulidad ante la Corte de Apelaciones de Santiago para dejar sin efecto el fallo absolutorio emanado por el 3° Tribunal Oral en lo Penal de la capital para los imputados del denominado caso SQM.
Comentario
1) El verbo emanar es intransitivo, las cosas emanan por sí solas: El humo emanó del volcán, el olor emanó de la comida. Se debe emplear otro verbo que sea transitivo.
2) Los números ordinales se abrevian con punto. Además, según el texto, se trata del tercer tribunal, por lo tanto, es incorrecto que la letra “o” acompañe al número, sino la r o er: 3.er, 8.va, 15.ta y no: “3er, 3ro, 8va, 15ta”
Podemos decir:
La Fiscalía Regional de Valparaíso ingresó este viernes un recurso de nulidad ante la Corte de Apelaciones de Santiago para dejar sin efecto el fallo absolutorio dictado por el 3.er Tribunal Oral en lo Penal de la capital para los imputados del denominado caso SQM.
