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sábado, 16 mayo, 2026
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Mundo

Archivos Epstein: Narcoterroristas de Kosovo ayudaron a traficar con más de un millón de niños para las élites occidentales desquiciadas

Por Editor 15 de febrero de 2026

Por Drago Bosnic

No es ningún secreto que el Occidente político está involucrado en algunos de los crímenes más atroces de la historia de la humanidad , ya sean siglos de colonialismo brutal, trata de esclavos y agresión general contra el mundo entero, o la  promoción de los llamados «valores occidentales» que revuelven el estómago a cualquiera en su sano juicio .

Sin embargo, la oligarquía criminal que dirige Estados Unidos, el Reino Unido, la Unión Europea y la OTAN es en realidad  mucho peor de lo que se pueda imaginar , como lo evidencian los archivos de Epstein publicados.

Resulta que todas las «teorías conspirativas disparatadas» que hemos escuchado durante las últimas décadas no solo son ciertas, sino que son solo la punta del iceberg .  El potencial de maldad monstruosa  que estos criminales han demostrado hace que la gente común se estremezca de asco.

Probablemente llevará años (si no décadas) revisar todos los archivos de Epstein publicados (más de 3,5 millones), pero lo que sabemos es más que suficiente para ver el panorama general.

Es decir, cosas que antes eran designadas  como “teorías conspirativas insanas”  presentes solo en los “margenes de Internet”, ahora están ampliamente disponibles para que todos las vean y cuestionen su propia ceguera voluntaria ante los  crímenes horribles cometidos contra quienes más necesitan protección: los niños .

Los archivos sugieren que millones de ellos han sido traficados por una enorme red globalista de pedofilia empleada por las élites occidentales (incluida la realeza más prominente). El papel de los numerosos vasallos y estados satélite de EE. UU., la UE y la OTAN en este  monstruoso proceso  también es crucial.

Esto es particularmente cierto en el caso de la provincia serbia de Kosovo y Metohia, ocupada por la OTAN, ahora formalmente bajo el control de narcoterroristas albaneses.

Debido a su propensión a servir al amo más poderoso, los albanokosovares fueron los colaboradores perfectos de la OTAN (al igual que lo fueron de los nazis durante la Segunda Guerra Mundial), secuestrando civiles durante  la agresión estadounidense/OTAN de 1999 contra Serbia  (entonces República Federativa de Yugoslavia) para  la sustracción forzada de órganos y el tráfico en el mercado negro . Cabe señalar que incluso algunos albanokosovares que no cumplían con las normas fueron secuestrados, aunque la gran mayoría de las víctimas eran serbios y otros grupos no albaneses. Sin embargo, esta monstruosa práctica fue  solo un segmento de las actividades criminales respaldadas por la OTAN en el Kosovo y Metohia ocupados .

Es decir, los archivos de Epstein antes mencionados revelan que la entidad narcoterrorista albanesa que se autodenomina “Kosovo” estuvo involucrada en el  tráfico de al menos un millón de niños para las “necesidades” de las élites occidentales  que están fuertemente involucradas en la pedofilia, el tráfico sexual y la sustracción de órganos.

Los niños provenían de todo el mundo,  según el llamado «libro de actividades para niños de Kosovo» . Muchos de ellos fueron trasladados desde Tailandia y luego a países occidentales, donde se perdió su rastro. No tenemos información exacta sobre el destino de estos niños, pero dados los intentos de las autoridades occidentales por encubrir crímenes atroces, solo podemos imaginar qué les ocurrió. En 2009,  la modelo mexicana Gabriela Rico Jiménez fue filmada en estado de angustia, gritando y vociferando sobre el canibalismo .

Fue detenida y posteriormente desapareció. No hay registros de que haya estado en la cárcel, en hospitales psiquiátricos ni en ningún otro lugar.  Simplemente desapareció, para no ser vista nunca más . Si Jiménez hubiera estado «clínicamente demente», habría terminado en un pabellón psiquiátrico. Si hubiera mentido, habría sido procesada y condenada. Pero ninguna de esas dos cosas sucedió, con la maquinaria de propaganda dominante haciendo todo lo posible para encubrir el caso, proclamando a cualquiera que se atreviera a investigarlo como un «teórico de la conspiración loco». Siete años después, se destapó el escándalo de Pizzagate, que involucró a Hillary Clinton y a su jefe de campaña presidencial de 2016, John Podesta. Una vez más, tuvimos otra «teoría de la conspiración loca e infundada».

La principal diferencia esta vez fue que Rusia se convirtió en el chivo expiatorio designado para todo, por lo que el profundamente corrupto DNC gritó a todo pulmón que “el malvado Kremlin” estaba detrás de las filtraciones en un intento de “manchar el buen nombre” de la familia criminal Clinton.

Esto se convirtió posteriormente en una de las piedras angulares del llamado «Russiagate», una teoría conspirativa impulsada por la maquinaria de propaganda dominante para desprestigiar a Donald Trump. Sin embargo, mientras que la teoría conspirativa desmentida del Russiagate fue difundida por todos los medios occidentales, cualquier mención al escándalo de pedofilia de Pizzagate fue severamente castigada. Esto les ocurrió a varios periodistas destacados,  entre ellos Ben Swann, quien fue despedido por atreverse a cubrir el caso .

Cabe señalar que Wikipedia todavía lo califica de “teoría conspirativa infundada y desacreditada”, mientras insiste en que el Russiagate es “real”.

Sin embargo, gracias a los archivos de Epstein, ahora sabemos inequívocamente que Wikipedia es una herramienta de la maquinaria propagandística dominante, como lo demuestra  un correo electrónico que muestra cómo los allegados de Epstein editaron su entrada en Wikipedia  para eliminar su foto policial y ocultar su condena por delito sexual . Aun así, esto no es suficiente para la maquinaria propagandística dominante, ya que necesita desviar la atención de las élites occidentales pedófilas y caníbales y culpar de todo a… …bueno, ¿a quién más sino a la “malvada Rusia” y a su “dictador sanguinario” Vladimir Putin? Es decir,  los patéticos medios occidentales ahora llaman a los archivos de Epstein una “gigante trampa rusa” .

Sin embargo, leer las secciones de comentarios de prácticamente todos los principales medios que publicaron tales disparates demuestra que aún hay esperanza para el mundo, ya que nadie con dos neuronas funcionales cree una sola palabra escrita por estos propagandistas de la OTAN. De hecho, muchos citan  las palabras del presidente Putin de hace casi dos años, cuando dijo que  «durante siglos, las élites occidentales se han acostumbrado a llenarse el estómago con carne humana y los bolsillos con dinero» y advirtió que «la bola de vampiros está llegando a su fin». Muchos pensaron que esto era simplemente una metáfora de la propensión del Occidente político a destruir innumerables países, matando a millones en el proceso. Sin embargo, los archivos de Epstein demostraron que esta declaración era inquietantemente literal. Por otro lado, la conclusión de Putin nos da esperanza.

En concreto,  la idea de que «la bola de vampiros» está llegando a su fin  es la luz al final del túnel de la oscuridad occidental que azotó a nuestro desafortunado mundo. Esto fue más evidente en la Ucrania ocupada por la OTAN, donde  el ejército ruso descubrió detalles horripilantes  sobre lo que la junta neonazi y sus amos de la OTAN estaban haciendo a los niños ucranianos. Concretamente, en 2022, en los primeros meses de la operación militar especial (SMO),  apareció un vídeo de un soldado ruso, Shukhrat Adilov, entrevistado por un canal de televisión ruso . Adilov apenas podía expresar con palabras el trato monstruoso que vio a niños pequeños y preescolares. Niños de entre 2 y 7 años de las zonas cercanas a Izyum fueron brutalmente masacrados y luego se les extrajeron los órganos para el tráfico.

También hubo un testimonio de Vera Vayiman, observadora de la OSCE, que dio un relato similar . El coronel del ejército estadounidense Douglas McGregor  confirmó efectivamente los hallazgos de Adilov y Vayiman . Los archivos de Epstein son otra confirmación más de estos horrendos crímenes por parte del Occidente político. Sin embargo, aún más inquietante, como se mencionó anteriormente, esto es solo la punta del iceberg de las cosas que aún estamos por descubrir. También debe tenerse en cuenta que InfoBRICS fue uno de los primeros medios de comunicación importantes en informar sobre la escala masiva del tráfico de niños respaldado por Occidente desde la Ucrania ocupada por la OTAN, con decenas de miles de niños que terminan en Europa y América del Norte, donde son sometidos a horrores inimaginables, todo para el disfrute de las élites trastornadas.

Decenas de miles de niños ucranianos fueron evacuados por Rusia por orden del «tirano sanguinario» Putin y su Comisionada para los Derechos del Niño, Maria Lvova-Belova. El Kremlin trasladó a los niños a un lugar seguro en Rusia, donde finalmente se reunieron con sus familias,  incluidos padres que eran combatientes enemigos y lucharon contra el ejército ruso . Y, sin embargo, la maquinaria de propaganda dominante todavía intentó presentarlo como un «secuestro masivo». Sin embargo, esto no fue suficiente, por lo que la CPI (una ONG controlada por la OTAN que se hace pasar por un «tribunal internacional»)  acusó tanto a Putin  como  a Lvova-Belova  por dicho «secuestro» . Obviamente, las élites occidentales pedófilas y caníbales que controlan  estas «instituciones de justicia internacional»  estaban furiosas por la fuga de tantos niños, por lo que recurrieron a medidas desesperadas para atraparlos. Sin embargo, como dijo el presidente Putin , ¡»la fiesta de los vampiros» ha terminado!

ACCESO a la Biblioteca Epstein aquí

Drago  Bosnic  es analista geopolítico y militar independiente. Es investigador asociado del Centro de Investigación sobre la Globalización (CRG).

 

Global Research, 03.02.2026

15 de febrero de 2026 1 comentario
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Opinión

Ositran y el puerto de Chancay

Por Editor 15 de febrero de 2026

El Poder Judicial, en Resolución N.o 6 del Primer Juzgado Especializado en lo Constitucional de Lima, dictaminó el 29 de enero del presente año, que en el puerto de Chancay no corresponde a Ositran ejercer funciones de supervisión sobre defensa de los derechos de los usuarios, aunque sí le reconoce la facultad de intervenir cuando Indecopi haya detectado irregularidad en las tarifas para los usuarios finales.

En un ambiente en que Bernie Navarro, embajador de los EE.UU., se ha convertido en actor de asuntos de política interna del Perú, en diversas publicaciones y medios de información se ha difundido la idea de que la empresa Cosco Shipping, constructora y dueña de la infraestructura portuaria, desea trabajar con atributos de extraterritorialidad. Esta percepción la asume el gobierno transitorio al hacer público que la Presidencia del Consejo de Ministros va a apelar la decisión del Poder Judicial, ignorando u olvidando que el mismo Ositran va a ejercer el derecho de apelación.

 

¿Extraterritorialidad?

El argumento de Cosco Shipping Perú es que la APN (Autoridad Portuaria Nacional) ya ejerce en el puerto la función de defensa de derechos de los usuarios, de modo que, en ese aspecto, Ositran estaría duplicando funciones.

Se conoce que en el puerto de Chancay están trabajando o tienen jurisdicción efectiva la Dirección General de Capitanías y Guardacostas (DICAPI), la Superintendencia Nacional de Aduanas y Administración Tributaria (Sunat), la Autoridad Portuaria Nacional (APN), la Policía Nacional (Dirandro), la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil), por mencionar las entidades más importantes. Por lo visto, allí no hay extraterritorialidad ni ausencia fiscalizadora del estado peruano; lo que hay son aguas agitadas por la injerencia de EE.UU., probado enemigo del Perú.

 

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ActualidadPortada

Aprobación de gestión de Jerí cae de 58% a 37 % mientras sigue apuntalado por el fujimorismo

Por Editor 15 de febrero de 2026

La aprobación a la gestión del presidente José Jerí va cuesta abajo con una caída de 21 puntos porcentuales desde que juramentó en el cargo, con lo cual se ubica en un 37% de aprobación, según una reciente encuesta de Datum Internacional para El Comercio.

 

Las razones son claras para todos. Primero los escándalos de las reuniones clandestinas con empresarios chinos proveedores del Estado, a donde acudió encapuchado. Tras ello reventó el escándalo de las visitadoras de Palacio, las cuales tras sostener citas con él obtenían jugosos contratos en diversas instituciones del Estado, con el agravante de que al menos en un caso una de las féminas amaneció en la sede de gobierno.

Como si fuese poco, la ciudadanía aprecia un afán de protagonismo con sus aparaciones en requisas en las cárceles y en ciertas operaciones policiales, sin embargo, la lucha de Jerí contra la ola de criminalidad es un fracaso.

 

Pese a todo, el fujimorismo, a través de la bancada de Fuerza Popular, Somos Perú, Perú Libre y otros apuntalan al mandatario, lo cual no es de extrañar, pues en campaña electoral prometen luchar contra la delincuencia, pero sostienen el fracaso de Jerí, esto, sin contar que promovieron y promulgaron leyes en favor del hampa.

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Consumidor

Indecopi multa por publicidad engañosa a empresa que promocionaba producto para la salud prostática

Por Editor 14 de febrero de 2026
La Sala Especializada en Defensa de la Competencia del Indecopi, segunda y última instancia administrativa, sancionó a la empresa Enervitalgreen S.A.C. con una multa de 11.33 UIT, por difundir publicidad engañosa de un producto promocionado para el cuidado de la salud prostática, pero que no contaba con el debido sustento del beneficio que anunciaba, tal y como lo exige la ley.
Al respecto, la Sala determinó que mediante la publicidad en el empaque del producto TROYA PROSTA TEK DUO – SAW Palmetto se transmitía a los consumidores que éste “ayudaría a mantener una próstata saludable”. Sin embargo, los medios probatorios presentados por la empresa durante la investigación no demostraron fehacientemente que el producto cuente con la propiedad anunciada.
La Sala recordó que las empresas deben contar, antes de difundir su publicidad, con evidencia objetiva y verificable que respalde cualquier afirmación sobre beneficios comprobables, especialmente cuando se trata de aspectos vinculados a la salud, con el fin de proteger a los consumidores y la competencia en el mercado.
Además, ordenó el cese definitivo de la difusión del mensaje publicitario declarado engañoso, así como la inscripción de la empresa en el Registro de Infractores del Indecopi.
Esta decisión confirmó lo dispuesto por la Comisión de Fiscalización de la Competencia Desleal, en primera instancia, en lo referido a la comisión de un acto de engaño, al considerar que la referida publicidad podía inducir a error a los consumidores acerca de las características y beneficios atribuidos al producto.
La Resolución N° 0272-2025/SDC-INDECOPI es pública y puede revisarse en el siguiente enlace: https://servicio.indecopi.gob.pe/buscadorResoluciones/getDoc?docID=workspace://SpacesStore/f8a9df86-2ecf-47c5-8e78-7e9d1f4f80bc
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Ciencia y Tecnologia

Samsung anticipa el Galaxy Unpacked 2026 transformando monumentos globales en un adelanto de la creación de fotos sin esfuerzo con Galaxy AI

Por Editor 14 de febrero de 2026

▲ Cartelera de video 3D de Samsung en Seúl, K-POP en vivo en Coex

Antes del Galaxy Unpacked, el 25 de febrero, Samsung ofrece a las audiencias de todo el mundo un primer vistazo a cómo Galaxy AI pone la visión creativa en el encuadre.

Desde el 11 de febrero, las vallas publicitarias en video 3D de Samsung se están proyectando en 17 monumentos globales en ciudades principales, incluyendo Ciudad Ho Chi Minh, Londres, Los Ángeles, Seúl y Tokio, mostrando la escala de Galaxy AI.

▲ Cartelera en video 3D de Samsung en Ciudad Ho Chi Minh, Sunwah Tower

El Galaxy Unpacked se transmitirá en vivo en Samsung.com/pe, Samsung Newsroom y el canal de YouTube de Samsung a partir de las 10 a.m. PT, 1 p.m. EST, 6 p.m. GMT y 7 p.m. CET. Para más adelantos y actualizaciones antes del evento, asegúrese de visitar la Sala de Prensa de Samsung Perú.

Ubicaciones de las vallas publicitarias en video 3D:

  • LA (Moxy Downtown Los Angeles),
  • Londres (Piccadilly Circus y Outernet London The Now Building),
  • Varsovia (Marriott),
  • Yeda (King’s Road Tower),
  • Hong Kong (Entertainment Building),
  • Chengdu (Taikoo Li), Shanghái (Paramount),
  • Taipéi (Light Corner), Melbourne (Emporium Melbourne), Bangkok (The PanOramix en centralwOrld).
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Consumidor

San Valentín: Consejos para que te roben el corazón, no tu dinero

Por Editor 14 de febrero de 2026

San Valentín es una fecha de celebración, pero también exige mayor atención. Con el incremento de compras online y el movimiento de efectivo para cenas y detalles, la seguridad digital y física cobra especial relevancia.

Según cifras de Pacífico Seguros, los fraudes digitales representan el 77% de los casos registrados en estas fechas, seguidos por los robos al paso, que tienden a incrementarse en 23% durante esta temporada. Para que tu única preocupación sea disfrutar la celebración, el ABC de Pacífico Seguros te comparte las siguientes recomendaciones:

  1. Cuidado con el “amor a primera oferta”: Durante estos días, las bandejas de entrada se llenan de promociones de flores, joyas o viajes con descuentos irreales. No hagas clic por impulso. Los delincuentes usan páginas clonadas para capturar los datos de tu tarjeta. Verifica siempre que el dominio sea el oficial y que el sistema de pago sea seguro y reconocido, antes de ingresar tu información.
  2. Citas a ciegas, pero con ojos abiertos: Las apps de citas y los foros online concentran hoy varios intentos de fraude digital. De acuerdo con TransUnion, en el primer semestre de 2025, el 8.3% de los casos detectados en estas plataformas estuvo vinculado a la falsificación de perfiles. Si conociste a alguien recientemente, evita transferencias anticipadas, compartir datos financieros o abrir enlaces de pago enviados por mensajería.
  3. Ponle candado a tu celular antes de salir: El robo del celular es hoy una de las principales puertas de entrada a fraudes bancarios. El Observatorio del Crimen y la Violencia estima que cerca de 6 millones de peruanos fueron víctimas —o conocían a alguien que lo fue— de este delito en 2025. Por ello, activa el bloqueo biométrico y usa claves distintas para tus apps financieras; y, si pese a las precauciones ocurre un fraude, el “Seguro de Protección de Tarjetas” respalda compras, transferencias o retiros no reconocidos.
  4. Menos efectivo, más seguridad: Evita caminar con grandes sumas de dinero, pero si necesitas retirar efectivo, hazlo de día y en zonas vigiladas. Incluso puedes incrementar tu seguridad con seguros como “Efectivo Protegido”, de BCP, que te protege en caso de robo luego de un retiro en cajeros o agentes; o “Dinero Más Seguro”, de Yape, que te cubre si ocurre un incidente por robo, hurto, pérdida o cambiazo de la tarjeta, y además te respalda ante transferencias no reconocidas realizadas desde los canales virtuales.

“Un imprevisto puede arruinar un gran momento y, en estas fechas, lo importante es recuperar la tranquilidad cuanto antes. Por eso, cuando una persona reporta el incidente, buscamos darle una respuesta rápida: hoy, más del 60% de los casos se aprueba en la misma llamada, permitiendo que el cliente reciba una solución rápida y sin gestiones posteriores”, comenta Verónica Aita De Marzi, gerente de Líneas Personales de Pacífico Seguros.

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cobre lingotes
Economía

Boom exportador con creciente pobreza y precios del oro y cobre se disparan

Por Editor 14 de febrero de 2026

Jorge Manco Zaconetti

En 2025 por primera vez en la historia económica, nuestro país ocupó el tercer lugar en el valor de las exportaciones superando a Colombia, y Argentina pues tradicionalmente el Perú ocupaba el quinto lugar entre los países de América del Sur, después del gigante brasileño que exportó por un valor de US $ 349 mil millones de dólares. Chile, gracias sobre todo a los altos precios del cobre ocupó el segundo lugar con US $ 102 mil millones, y el Perú con US $ 90 mil millones de dólares, explicados sobre todo por las exportaciones de cobre, cuyos precios están volando, las mayores exportaciones de oro y las agroexportaciones en especial de las frutas.

En verdad, no hay mucho que celebrar si analizamos la composición de las exportaciones, su estructura pues de los US $ 90 mil millones como valor exportado el 65 por ciento, es decir US $ 58,684 millones de dólares están constituidos por productos mineros en especial del cobre cuyo valor de exportación se incrementó de US $ 23,500 millones de dólares en el 2024 para sumar los US $ 28,088 millones en el 2025.

Es decir, el valor exportado del metal rojo se ha incrementado en un 19.5 %, variación que se debe a los mayores precios internacionales del cobre, a pesar de una disminución en los volúmenes exportados.

En el caso del metal amarillo entre el 2024 al 2025 el valor de las exportaciones auríferas se han incrementado en un 46.7% donde los precios del oro se han disparado de forma espectacular alcanzando en los últimos meses del 2024 valores de US $5,000 dólares la onza troy, algo nunca visto en la historia monetaria mundial, que tiene una serie de factores explicativos, que en lo fundamental se basan en la creciente desconfianza en el valor y estabilidad del dólar como moneda de pago, reserva de valor y atesoramiento. Por tanto, los bancos centrales con autonomía compran oro para incrementar y diversificar el valor de las reservas internacionales.

En tercer lugar, es digno de mencionar el incremento de las exportaciones no tradicionales, sobre todo la agroexportación que transitó en el 2024 de US $11,486 millones a los US $ 13,154 millones experimentando una variación del 14.5 % La importancia de estas exportaciones radican en especial en el impacto en el empleo generado más de un millón de puestos de trabajo, donde se impone una redistribución de la riqueza con mayores salarios y mejores condiciones de vida.

Este “milagro de la agroexportación” a pesar del discurso liberal se explica en gran parte por la acción del Estado, que financió las grandes irrigaciones en la costa, un marco tributario  favorable con el abono por ejemplo de una tasa del 15 % del impuesto a la renta desde el 2001 al 2021, tasa menor al régimen general que paga una tasa del 29.5 % Si a ello se suma la firma de Tratados de Libre Comercio con una serie de países en especial con los Estados Unidos, la República Popular China, Japón entre los principales.

En la experiencia internacional solamente dos países de los veinte mejor ubicados en el índice de Desarrollo Humano (IDH) Australia y Noruega detentan más del 70 % de sus exportaciones totales en condición de materias primas, lo cual supone que no necesariamente la producción para la exportación de materias primas te condena al atraso y subdesarrollo. De allí

cabe preguntarse las razones por las cuales en nuestro país el crecimiento espectacular de las exportaciones sobre todo mineras no han significado un mayor bienestar para la población del entorno minero, y una débil contribución mineras gracias a las devoluciones de impuestos.

Ello nos lleva a citar las tesis centrales del libro clásico de los economistas Daron Acemoglu y James Robinson reconocidos con el Nobel de Economía en el 2024, ¿Por qué Fracasan los Países? En tal sentido, la vigencia de instituciones políticas y económicas extractivistas, nos condena al atraso, pobreza y subdesarrollo. En nuestro país existe una minoría, una elite, una casta, un grupo privilegiado que concentra la mayor participación de la riqueza, y aprovecha de su poder económico y político para reproducir este patrón perverso de crecimiento que denomino: un crecimiento económico empobrecedor.

Ello significa que mientras mayor sea la riqueza creada teniendo como expresión el valor de la producción de bienes y servicios (PBI), mayor será la población en condición de pobreza, informalidad y subempleo. Los indicadores sociales son numerosos, desde el porcentaje de la anemia infantil superior al 50 % de la población menor a los 5 años en las regiones andinas y amazónicas, más las necesidades insatisfechas en más del 30 % de la población del país.

En verdad este crecimiento exportador sobre todo de materias primas con un pobre valor agregado, entiéndase transformación de las materias primas nos condena al atraso y mayor pobreza por la vigencia de las instituciones políticas y económicas extractivistas, que provocarán mayores conflictos sociales en especial en la minería aurífera donde los precios del oro y la plata se han incrementado a niveles insospechados, constituyendo estímulos perversos que alimenta a las economías ilícitas.

Próximos a un proceso electoral el 12 de abril próximo con una récord mundial de candidatos a la presidencia de la república, con una creciente dispersión política sea quien fuere el elegido como primer mandatario dependerá del poder político del Congreso de la República, es decir dependerá de los círculos antidemocráticos, corruptos, extractivistas que en última instancia están representados por el Poder Económico, los grupos de poder que cortan el jamón.

Por ello, asumo que este patrón de crecimiento económico empobrecedor es inestable, inviable en el largo plazo pues no genera empleo, salvo la agroexportación. Con un Estado débil y capturado por los “grupos de poder” y poderosas empresas transnacionales, la falta de seguridad ciudadana, creciente corrupción, la informalidad, la falta de oportunidad para nuestros jóvenes sobre todo en las provincias de empleo, será un caldo de cultivo para los extremistas de izquierda y derecha, con mensajes radicales.

SIN POLÍTICAS DE ESTADO

La falta de “políticas de Estado” en materia de exportaciones mineras por ejemplo se expresa en las exportaciones de productos mineros como concentrados de cobre, zinc, plomo, plata, hierro cuyos precios son menores a las exportaciones de productos mineros como finos. Estas exportaciones son tratadas en terceros países China Popular, Estados Unidos, Japón, etc. donde son refinados obteniendo una serie de subproductos como litio, cadmio, teluro, selenio, molibdeno, tungsteno, ácido sulfúrico entre otros.

La Derecha Bruta y Achorada (DBA) ataca con todas sus baterías, espadachines a sueldo, expertos de última hora sobre las pérdidas económicas y financieras de PetroPerú desde el 2020 a la actualidad, con un capital de trabajo negativo, y deudas corrientes de corto plazo que superan el valor del patrimonio. Pero callan en mil idiomas sobre las consecuencias económicas del cierre del Complejo Metalúrgico de La Oroya, cerrado desde el 2010, descapitalizando el país pues al estar cerrado el más moderno complejo minero del país, que tenía la virtud de transformar los concentrados mineros en productos finos.

Si antes del cierre la empresa norteamericana Doe Run exportaba por valores cercanos a los US $ 1,000 millones de dólares anuales, cabe preguntarse los cientos de millones de dólares que ha dejado de percibir el Perú, como impuestos directos e indirectos, dejando en la calle a más de 1,200 trabajadores.

Desde 2010 las empresas del centro exportan básicamente concentrados, sea Cia. Minera Volcan, Milpo y Atacocha ahora Nexa Resources del Brasil, Mra. Chinalco de la China, por citar algunas.

uvas vinedo 7

Alguna vez el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) y el Ministerio de Energía y Minas (MINEM) se han preguntado por el “costo de oportunidad” dejado de percibir al mantener cerrado el Complejo Metalúrgico de La Oroya, por falta de una política de Estado en el sector. Por ello, miremos a nuestros vecinos del sur que tiene siete refinerías mineras, donde cinco son del Estado chileno y dos son privadas.

Lo menos que se puede exigir a las empresas exportadoras de cobre, con excepción de la Southern Perú Copper Corporation (SPCC)es la producción y exportación de productos finos, para aprovechar los mayores precios y aumentar la fiscalidad estatal. En verdad, debemos apostar por la industrialización de las materias primas lo cual supone una política de Estado y la soberanía de la Nación sobre los recursos naturales.

Diario Uno, 14.02.2026

14 de febrero de 2026 0 comentarios
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Consumidor

Establecen tope de 7 líneas móviles por persona para frenar el uso indebido del servicio

Por Editor 14 de febrero de 2026

El Gobierno aprobó el Decreto Legislativo N.° 1738, que establece la disponibilidad de un máximo de 7 líneas móviles por persona natural, con el objetivo de reforzar la seguridad ciudadana, combatir las extorsiones, el anonimato, prevenir fraudes y la suplantación de identidad.

La norma modifica el Decreto Legislativo n.° 1338, que creó el Registro Nacional de Equipos Terminales Móviles para la Seguridad (Renteseg), e incorpora un límite razonable a la contratación de servicios públicos móviles por personas naturales, sean nacionales o extranjeras residentes en el país.

En el Perú, el 87 % de las extorsiones se realiza a través de comunicaciones anónimas usando la vía telefónica. Para lograr el anonimato, un vehículo es concentrar en exceso líneas en pocas personas, así, por ejemplo, se han identificado 143 ciudadanos con más de 50 líneas activas. Por ello, la regulación aprobada apunta a limitar la concentración desproporcionada de servicios móviles en una sola persona.

La medida forma parte de las mejores prácticas internacionales orientadas a reducir los riesgos de criminalidad asociados al uso indebido de líneas móviles en actividades ilícitas.

¿Por qué el límite de líneas?

La limitación a 7 líneas tiene el objetivo de disminuir el anonimato y, con ello, las extorsiones vía telefónica, sin afectar el patrón de consumo de los usuarios del país.

Según la Encuesta Residencial de Servicios de Telecomunicaciones (Erestel) 2024, a cargo del OSIPTEL, se ha confirmado que los usuarios peruanos suelen utilizar entre 1 y 6 líneas móviles, de manera que solo se frenaría la contratación de líneas a las personas que podría hacer un uso sospechoso o delictivo del servicio telefónico. Tampoco afectaría el crecimiento y la cifra de negocios de los operadores, porque el 66.6 % de los usuarios tiene entre una y dos líneas.

La experiencia internacional

Nuestro país se alinea con experiencias internacionales que han adoptado límites similares. México, recientemente, ha establecido un máximo de 10 líneas; en Brasil, las empresas se han auto regulado y establecido topes entre 5 y 10 líneas por usuario; en República Dominicana el límite es 8; y en países como Tailandia, Indonesia, Singapur, Bangladesh y Hungría varía entre 3 y 10 líneas.

El OSIPTEL será el encargado de supervisar el cumplimiento de la disposición a partir del día de su promulgación y podrá ordenar a las empresas operadoras la baja de los servicios que excedan el límite, previo plazo para que los abonados regularicen su situación.

La medida se complementa con el fortalecimiento de los mecanismos de verificación y con herramientas como la plataforma Checa tus líneas, que permite a los ciudadanos conocer y reportar líneas cuya contratación no reconocen.

Los que ahora tienen más de siete líneas

Se establece que quienes ya tengan más de 7 líneas al momento de la entrada en vigencia de la norma podrán conservarlas, pero quedarán impedidos de contratar nuevas, sin perjuicio que puedan darlas de baja voluntariamente.

La norma entra en vigencia hoy 14 de febrero de 2026.

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ActualidadPortada

DL 1739 sanciona con cárcel la divulgación de información reservada en investigaciones

Por Editor 14 de febrero de 2026

El Poder Ejecutivopromulgó una nueva normaque modifica el Código Penal peruano para sancionar a los trabajadores estatales que divulguen datos confidenciales. Con el Decreto Legislativo 1739, publicado en el diario oficial El Peruano, se introduce el artículo 409-C con la finalidad  de castigar la revelación de detalles críticos en procesos judiciales y policiales.

El decreto busca proteger las investigaciones fiscales y fortalecer la integridad dentro de las instituciones del Estado, según dice el documento: “La finalidad del presente decreto legislativo es proteger la reserva de la información de carácter reservado, conforme al ordenamiento jurídico vigente, vinculada a la persecución penal, las investigaciones penales y las diligencias policiales o fiscales que se desarrollan en dicho marco, así como fortalecer la responsabilidad y ética funcional de los servidores y funcionarios públicos que, por razón de su cargo, acceden a dicha información, reforzando la transparencia y la confianza institucional en el Estado”.

Así, el funcionario o servidor público que, indebidamente, exhiba, filtre, entregue, capture mediante cualquier medio técnico, permita el acceso indebido u omita dolosamente la protección debida de la información de carácter reservado, será pasibble de una condena de entre cinco y siete años de prisión.

La sanción es aplicable cuando la divulgación se refiere a denunciantes protegidos o diligencias en casos de sicariato, secuestro y extorsión.

La norma considera el caso grave  si la filtración pone en riesgo la vida de un testigo, si la información se vende para obtener beneficios económicos o si termina en manos de agrupaciones criminales. También se castigará con mayor rigor si la infidencia entorpece investigaciones que han sido declaradas secretas según el Código Procesal Penal. En estos casos la condena será de hasta 10 años de prisión.

El decreto introduce salvaguardas importantes para la transparencia. No se considerará delito si el funcionario revela información para denunciar actos ilícitos de persecución pública. Tampoco será delito, ni participación delictiva cuando la publicación de información por parte de periodistas y medios de comunicación ocurre en el ejercicio de las libertades de información y de prensa.

 

El texto del decreto:

Decreto Legislativo N.º 1739

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

POR CUANTO:

Que, mediante la Ley Nº 32527, Ley que delega en el Poder Ejecutivo la facultad de legislar en materias de seguridad ciudadana y lucha contra la criminalidad organizada, crecimiento económico responsable y fortalecimiento institucional, el Congreso de la República ha delegado en el Poder Ejecutivo la facultad de legislar, entre otros, en materia de seguridad y lucha contra la criminalidad organizada, por el plazo de sesenta (60) días calendario, computados a partir del día siguiente de su publicación;

Que, el subnumeral 2.1.4 del numeral 2.1 del artículo 2 de la Ley Nº 32527, Ley que delega en el Poder Ejecutivo la facultad de legislar en materias de seguridad ciudadana y lucha contra la criminalidad organizada, crecimiento económico responsable y fortalecimiento institucional, faculta al Poder Ejecutivo a modificar el Código Penal, Decreto Legislativo Nº 635, a fin de incorporar en el capítulo III del título XVIII del libro segundo el delito de revelación de información reservada en el marco de investigaciones penales y actuaciones policiales; así como establecer un supuesto específico de inhabilitación aplicable en caso de condena por dicho delito, garantizando el derecho fundamental a la libertad de información, la libertad de prensa y el secreto profesional;

Que, en ese sentido, resulta necesaria la incorporación del delito de revelación de información reservada por servidor o funcionario público, al Código Penal, promulgado mediante Decreto Legislativo Nº 635, en tanto protege bienes jurídicos esenciales vinculados a la infracción del deber en la administración pública y a la protección de la información reservada, cuya afectación compromete la seguridad de las víctimas y la eficacia del proceso penal desde la etapa de la denuncia y a lo largo del proceso penal;

Que, el presente Decreto Legislativo tiene por finalidad proteger la reserva, conforme al ordenamiento jurídico vigente, de la información de carácter reservado vinculada a la persecución penal, las investigaciones penales y las diligencias policiales o fiscales que se desarrollan en dicho marco; así como fortalecer la responsabilidad y ética funcional de los servidores y funcionarios públicos que, por razón de su cargo, acceden a dicha información, reforzando la transparencia y la confianza institucional en el Estado;

Que, de acuerdo a lo dispuesto en el literal j) del numeral 41.1 del artículo 41 del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1565, Decreto Legislativo que aprueba la Ley General de Mejora de la Calidad Regulatoria, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 023-2025-PCM, las entidades públicas están exceptuadas de presentar expediente Análisis de Impacto Regulatorio Ex Ante (AIR Ex Ante) a la Comisión Multisectorial de Calidad Regulatoria (CMCR) en el caso de disposiciones normativas en materia penal, o que regulan los procesos en vía judicial (como códigos o leyes procesales), por lo que la presente norma se encuentra excluida del alcance AIR Ex Ante al estar inmersa en el supuesto antes descrito;

De conformidad con lo establecido en el artículo 104 de la Constitución Política del Perú; y, en la Ley Nº 32527, Ley que delega en el Poder Ejecutivo la facultad de legislar en materias de seguridad ciudadana y lucha contra la criminalidad organizada, crecimiento económico responsable y fortalecimiento institucional;

Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; y,

Con cargo a dar cuenta al Congreso de la República:

Ha dado el Decreto Legislativo siguiente:

DECRETO LEGISLATIVO QUE INCORPORA EL ARTÍCULO 409-C AL CÓDIGO PENAL, PROMULGADO MEDIANTE

DECRETO LEGISLATIVO Nº 635

Artículo 1.- Objeto

El presente Decreto Legislativo tiene por objeto incorporar el artículo 409-C al Código Penal, promulgado por el Decreto Legislativo Nº 635, a fin de tipificar el delito de revelación de información reservada por servidor o funcionario público.

Artículo 2.- Finalidad

La finalidad del presente Decreto Legislativo es proteger la reserva de la información de carácter reservado, conforme al ordenamiento jurídico vigente, vinculada a la persecución penal, las investigaciones penales y las diligencias policiales o fiscales que se desarrollan en dicho marco, así como fortalecer la responsabilidad y ética funcional de los servidores y funcionarios públicos que, por razón de su cargo, acceden a dicha información, reforzando la transparencia y la confianza institucional en el Estado.

Artículo 3.- Incorporación del artículo 409-C al Código Penal, Decreto Legislativo Nº 635

Modificar el Código Penal, Decreto Legislativo 635, a fin de incorporar en el capítulo III del título XVIII del libro segundo el artículo 409-C, el cual queda redactado en los términos siguientes:

“Artículo 409-C.- Revelación de información reservada por servidor o funcionario público

409-C.1. El funcionario o servidor público que, indebidamente, exhiba, filtre, entregue, capture mediante cualquier medio técnico, permita el acceso indebido u omita dolosamente la protección debida de la información de carácter reservado, a la que haya tenido acceso o tomado conocimiento en razón de su cargo, sobre el contenido de la(s) denuncia(s), identidad del denunciante que goce de reserva conforme a ley, diligencias policiales o fiscales reservadas antes de su ejecución, en la investigación o proceso por los delitos de extorsión, secuestro o sicariato, será reprimido con pena privativa de libertad no menor de cinco (05) ni mayor de siete (07) años, inhabilitación conforme al artículo 36, incisos 1, 2 y 8, y con ciento ochenta a trescientos sesenta y cinco días-multa.

409-C.2. La pena será no menor de siete (07) ni mayor de diez (10) años, inhabilitación conforme al artículo 36, incisos 1, 2 y 8, y con trescientos sesenta y cinco a setecientos treinta días-multa, en cualquiera de los siguientes supuestos:

a) Como consecuencia se frustre o genere un riesgo concreto para la ejecución de diligencia(s) fiscal(es) o policial(es) reservadas, o se comprometa gravemente la continuidad o resultado de la investigación o proceso penal.

b) Se ponga en peligro concreto la vida, integridad o seguridad del denunciante al vulnerar los sistemas de protección de reserva de identidad establecidos por Ley.

c) Cuando el agente, aprovechando su posición funcional, mercantilice la información reservada, obteniendo o pretendiendo obtener un beneficio económico, ventaja o promesa para sí o para un tercero.

d) La información reservada sea transmitida a una organización criminal o utilizada para amenazar al denunciante.

e) Cuando la conducta recaiga sobre información reservada que, conforme al artículo 324 del Código Procesal Penal, haya sido formalmente declarada secreta en el proceso penal.

409-C.3. No constituye delito, la conducta efectuada por el servidor o funcionario público, cuando tenga por finalidad poner en conocimiento público hechos que razonablemente puedan constituir un delito de persecución pública.

409-C.4. No constituye delito, ni participación delictiva, la publicación de información por parte de periodistas y medios de comunicación en el ejercicio de las libertades de información y de prensa.”

Artículo 4.- Financiamiento

La implementación del presente Decreto Legislativo se financia con cargo al presupuesto de las instituciones públicas involucradas, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público.

Artículo 5.- Publicación

El presente Decreto Legislativo es publicado en la Plataforma Digital Única del Estado Peruano para la Orientación al Ciudadano (www.gob.pe) y en las sedes digitales del Ministerio del Interior (www.gob.pe/mininter) y del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (www.gob.pe/minjus), el mismo día de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.

Artículo 6.- Refrendo

El presente Decreto Legislativo es refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros, el Ministro del Interior y el Ministro de Justicia y Derechos Humanos.

POR TANTO:

Mando que se publique y cumpla, dando cuenta al Congreso de la República.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los trece días del mes de febrero del año dos mil veintiséis.

JOSÉ ENRIQUE JERÍ ORÉ

Presidente de la República

ERNESTO JULIO ÁLVAREZ MIRANDA

Presidente del Consejo de Ministros

VICENTE TIBURCIO ORBEZO

Ministro del Interior

WALTER ELEODORO MARTÍNEZ LAURA

Ministro de Justicia y Derechos Humanos

14 de febrero de 2026 0 comentarios
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Consumidor

Francia: mueren tres bebés por leche con toxinas en Nestlé, Danone y otras marcas

Por Editor 13 de febrero de 2026

Las autoridades sanitarias francesas informaron de una tercera muerte infantil relacionada con fórmulas infantiles en medio de los recientes retiros de productos alimenticios infantiles en toda Europa.

El centro de crisis sanitaria del Ministerio de Salud anunció que «tres informes de muertes infantiles han sido puestos en conocimiento de las autoridades sanitarias francesas», según la emisora ​​BFMTV.

Señaló que los informes se referían a niños que, según se informó, habían consumido fórmulas infantiles sujetas a los retiros.

Se reportaron dos muertes infantiles el 23 de diciembre y el 8 de enero.

Hasta la fecha, no se ha establecido científicamente una relación causal. Se están llevando a cabo investigaciones judiciales sobre estos informes, señaló el centro de crisis sanitaria.

Desde finales de 2025, varias marcas, incluidas Nestlé y Danone, han iniciado retiradas voluntarias de fórmulas infantiles en Francia y otros países debido a la preocupación por la posible presencia de la toxina conocida como cereulida en sus productos.

Ver también

Indecopi alerta sobre retiro de leche NAN de Nestlé por posible presencia de toxina

Transnacionales como Nestlé y Pepsi venden sus productos menos saludables en países más pobres

El 75% de ventas de Nestlé son de productos poco saludables, admiten accionistas

Otra vez Nestlé vende basura: “Besos de moza” con moho

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Multan a Nestlé-D’Onofrio por vender panetón basura

Nestlé es una de las empresas que adquiere cacao de la esclavitud infantil

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13 de febrero de 2026 0 comentarios
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