Sobre un polémico proyecto que trastoca la organización del Sector Salud.
Herberth Cuba Garcia
Desde que se promulgó el Decreto Legislativo 1161, que aprueba la organización y funciones del Ministerio de Salud (Minsa, el 13 de diciembre del 2013), hasta la fecha el Ejecutivo no promulga el Reglamento respectivo. En vez de hacerlo, el Minsa ha usado en exceso la autorización que le da la misma norma a dictar disposiciones complementarias, hasta que se promulgue el reglamento. Es decir, los arreglos de organización y funciones del Minsa se realizan solo con Resoluciones Ministeriales. Sin embargo, todo parece indicar que se da a través de una agenda oculta, siguiendo una ruta desconocida por los servidores y por la opinión pública.
Esta semana ha llegado a mis manos, de manera totalmente extraoficial, la supuesta versión final del Proyecto de Reglamento de Organización y Funciones del Minsa, que sería promulgado próximamente por el presidente de la República mediante un Decreto Supremo. Esta versión confirma la existencia de una agenda oculta que ha marcado en modo explícito la ruta de la reestructuración del Minsa. Este hecho colisiona con la transparencia y la gobernabilidad.
¿Hay motivos para gobernar el Minsa sin Reglamento de Organización y Funciones durante tanto tiempo? A la luz de lo que contiene este proyecto, sin mucha suspicacia, parece que sí.
El centro del poder político en el Minsa, según el proyecto, sería la Oficina General de Asuntos Públicos y Sociales. Posee más poder que los 2 viceministros del Sector, el Consejo Nacional de Salud y la Secretaría General. Si bien es cierto que en la estructura organizacional esa oficina está debajo de la Secretaría General, a nivel funcional depende directamente del despacho del ministro. ¿Algo raro, no? Como sabemos, la Alta Dirección del Minsa está constituida por el Ministro, los viceministros y la Secretaría General. Lo lógico es que dependa de la Secretaría General o genéricamente de la Alta Dirección.
El Minsa desarrolla actividades sanitarias que también realizan otros sectores, como el de Defensa, Interior, Justicia, Trabajo, gobiernos regionales y locales, el sector privado y la sociedad civil entre otros. Siendo necesario que todos esos sectores coordinen, articulen y complementen sus actividades sanitarias, deviene en obligatoria la constitución de un sistema nacional de salud, de acuerdo a la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo. Es así que, por Ley 27813, se creó el Sistema Nacional Coordinado y Descentralizado de Salud, bajo la rectoría del Ministerio de Salud y cuya máxima autoridad es el Consejo Nacional de Salud, cuyo presidente es el Ministro de Salud. Increíblemente, el Consejo Nacional de Salud, según el proyecto que comentamos, ahora daría cuentas a la Oficina General de Asuntos Públicos y Sociales. Esto es un despropósito.
Además, los despachos de los dos viceministros y la Secretaría General también darían cuenta ante esa poderosa oficina. Es decir, los jefes deben dar cuenta al subalterno.
El proceso de descentralización ha transferido competencias del gobierno nacional a los gobiernos regionales. Este proceso ha hecho necesaria la creación de la Comisión Intergubernamental de Gestión de Salud (CIGS), tal como se ha hecho en otros ministerios, con la finalidad de analizar el ejercicio de las funciones compartidas con los gobiernos regionales y locales. ¡Adivinaron! La Oficina General de Asuntos Públicos y Sociales también ejercería la Secretaría Técnica de la Comisión Intergubernamental de Salud.
¿Qué ha tenido que suceder para que una oficina de quinto nivel, debajo de la Secretaría General del Ministerio de Salud, al lado de otras cinco oficinas más, concentre tanto poder? No sabemos. Sin embargo, al analizar este proyecto oculto, comprendemos, ahora sí, por qué funcionarios de alto nivel esperan pacientemente ser atendidos en la “antesala” de la famosa Oficina de Asuntos Públicos y Sociales.
Este proyecto ha puesto en evidencia el incumplimiento intencional y sistemático de la Ley del Sistema Nacional de Salud (27813), y pretende distorsionar el rol del Consejo Nacional de Salud recortando sus funciones de organismo coordinador, articulador y consultivo, a sólo consultivo.
Lo grave es que se pretenda ratificar esa mala práctica con un Decreto Supremo. El proyecto también excluye a sociedad civil y distorsiona las relaciones Estado-Estado y Estado-Sociedad. El gobierno nos debe una explicación: ¿Quién manda en el Ministerio de Salud?
ASOCIACION MEDICA PERUANA
12 de junio de 2015