Ing. Juan Fernán Muñoz afirma que él solicitó ejecución de la sentencia al TC para pago de bonos de la Reforma Agraria.
En el año 2011 y su calidad de Decano Nacional del Colegio de Ingenieros del Perú (CIP), el Ing. Juan Fernán Muñoz Rodríguez (periodo 2010 – 2012), afirmó que él solicitó la ejecución de la sentencia al Tribunal Constitucional a fin que el Gobierno pague los bonos de la Reforma Agraria.
“Tomé la decisión de solicitar la ejecución de la sentencia e informé todo lo actuado al Consejo Nacional y al Congreso Nacional de Consejos Departamentales del CIP. Incluso existe la aprobación de promover el censo de los bonos agrarios en los Congresos Nacionales en todos los Consejos Departamentales del Colegio”, enfatizó Juan Muñoz.
Recordó que en octubre del 2011, un grupo de ingenieros bonistas se acercaron a su despacho, liderados por el Ing. Ramón Remolina y, luego de haber sido visto el caso, y con la aprobación del asesor legal, presentaron la solicitud de ejecución de sentencia.
Dijo que él, como de Decano Nacional, estaba inscrito en la Superintendencia Nacional de Registros Públicos (SUNARP), que ningún artículo del Estatuto del CIP establecía que previamente debió haber presentado alguna solicitud al Consejo Nacional, ni que dicha decisión debía antes haber sido aprobada por el Congreso Nacional del CIP.
“No existe ningún artículo en el Estatuto o en los reglamentos del CIP que indique que el suscrito en calidad de Decano Nacional ha debido solicitar una autorización expresa o contar con un acuerdo de nuestros órganos para continuar con una demanda”, agregó el ex Decano Nacional.
Precisó que debido al incumplimiento del pago de la obligación por parte del Estado a los profesionales de la ingeniería, entre otros, él como Decano en el 2011 no inició el proceso, sino lo continuó.
Muñoz Rodríguez sostuvo que como es de público conocimiento, fue durante el periodo del Ing. Rafael Riofrío del Solar que el CIP presentó la demanda y, en aquel entonces el Ing. Carlos Herrera Descalzi, actuó como Vice Decano Nacional. Luego, el Tribunal Constitucional, a los cinco años, emitió su sentencia otorgándole al CIP la razón.
Respecto a las declaraciones del actual Decano Nacional del CIP, el Ing. Muñoz Rodríguez afirmó: “El Ing. Herrera Descalzi dice que en aquel entonces el CIP no formuló la reclamación con Acuerdo de su Congreso Nacional. Sin embargo, han pasado más de 18 años que se interpuso y él ha permanecido en silencio; hace más de 10 años que fue ganada la sentencia, periodo dentro del cual él ha sido Decano Nacional, además de dos veces Ministro, y él recién habla”.
Tras manifestar que siendo su voluntad contribuir a la unión de los integrantes del CIP, exhortó al Ing. Herrera Descalzi a iniciar una lectura tanto de las Actas y Acuerdos de dicha institución, así como de la actual normatividad del Colegio de Ingenieros del Perú a fin que su gestión se ciña a ella.
“Agradezco, sostuvo Muñoz Rodríguez, a todos los que participaron y colaboraron con el Programa de los Bonos de la Reforma Agraria que el Colegio de Ingenieros del Perú llevó adelante durante mi gestión. En especial a la Dra. Beatriz Merino, ex Defensora del Pueblo, quien al ser solicitada como Coordinadora de esta actividad, no vaciló en defender la causa”.
Expresó su interés porque la sentencia dada por el Tribunal Constitucional zanje el tema pendiente por varios años “y con ello los peruanos cerremos un triste episodio que vivió generación”, agregó.
Finalmente, hizo una invocación a todos los bonistas de la Reforma Agraria a fin que una vez que sean resarcidos, contribuyan con los Centros Experimentales Agroindustriales del CIP, entregando una donación a favor del Colegio para dichos centros, ya que tanto en Chavimochic como en Olmos el CIP cuenta con unas tierras cedidas para tal propósito.
Estatuto le dio facultades a Exdecano Nacional
Basó su decisión en las facultades que le otorgaba el Estatuto del CIP. Al respecto, el Exdecano Nacional, afirmó: “El Colegio de Ingenieros del Perú, (CIP) según el artículo 26 de su Estatuto, tiene como propósito representar, promover, normar, controlar y defender el desarrollo de la ingeniería peruana y el ejercicio profesional de los ingenieros (agronómicos, agrícolas, agroindustriales, y aquellos los de las ciencias agrarias), algunos de los cuales fueron perjudicados por la Reforma Agraria debido a que el Estado dejó el tema inapropiadamente inconcluso”.
También dijo que otro de los artículos del mismo Estatuto, establece que el CIP reconoce y norma sus actividades con los principios de la primacía de la persona humana y sus derechos; la dignidad, tolerancia e igualdad entre sus integrantes, la responsabilidad social y la solidaridad como valores esenciales; la afirmación de la paz, el derecho a la vida y la justicia social como valores centrales de la sociedad; y la correspondencia ética entre medios y fines.
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