La Junta de Portavoces del Congreso de la República, reunida en la Sala Grau del Congreso de la República, acordó anoche continuar con la sesión plenaria convocada para estemiércoles 8 de noviembre a fin de abordar el caso de la Junta Nacional de Justicia (JNJ).

 

pleno blinda Boluarte abr 2023

En la sesión de hoy se tiene previsto debatir y realizar la votación sobre el informe final, en mayoría, de la Comisión de Justicia, sobre el encargo del Pleno del Congreso de la República —relativo a la aplicación del artículo 157 de la Constitución Política del Perú ante la presunta comisión de causa grave en el ejercicio de sus funciones de los miembros de la Junta Nacional de Justicia—, conforme a lo aprobado por la Moción de Orden del Día 7565.

Desacato

Anoche el presidente del Congreso, Alejandro Soto Reyes, expresó su rechazo a la decisión del Poder Judicial de conceder una medida cautelar a los miembros de la JNJ, decisión que el Congreso desacata en violación del artículo 139 inciso 2 de la Constitución, que establece que “ninguna autoridad puede dejar sin efecto sentencias”.

Soto publicó un comunicado en rechazo a la resolución de los Jueces Superiores de la Tercera Sala Constitucional de la Corte Superior de Justicia de Lima.

Este sujeto, que debería estar siendo procesado por la justicia, de lo cual convenientemente se salvó con una ley, con tono prepotente y amenazante responsabilizó a los jueces que suscribieron la resolución de todos los actos que puedan suscitarse durante Wlas investigaciones que sobre aquellos recaen en la actualidad o puedan recaer en el futuro”.

Como se sabe, los impresentables del Congreso acusan a la JNJ aduciendo que “no cumplieron con su deber de imparcialidad” por publicar un pronunciamiento sobre el caso de la inhabilitada exfiscal de la Nación, Zoraida Ávalos, por ser un “documento público que versa sobre un caso que se encontraba en proceso en otro fuero”.

También los acusa de incumplir el numeral 3 del artículo 156 de la Constitución referido a la edad legal para ser miembro de esta entidad; “debido a que, según la exposición de motivos de la ley de reforma constitucional de dicho artículo, la interpretación de dicha disposición se refería a una edad para la permanencia en el cargo y no solo como requisito para postular”.

Por último, imputan a la JNJ no haber cumplido “con su deber constitucional y su propia ley orgánica” al no presentar un Informe Anual al Pleno del Congreso de la República de manera oportuna.

Con esos argumentos pretenden destituirlos.