LAP, concesionario del AIJCH en Carta LAP-GRE-C-2020-0371 a OSITRAN, pretende que se le suspenda sus obligaciones de construir la segunda pista del nuevo Terminal, de la Torre de Control y que se le exonere del pago de la retribución del 46.51% y a CORPAC
 
 
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  Julián Palacin Fernández, Abogado en asuntos de Aviación y ex Presidente de CORPAC
 
(Aeronoticias) El concesionario del Aeropuerto Internacional Jorge Chávez (AIJCH), Lima Airport Partners (LAP), se ha dirigido al regulador OSITRAN en Carta LAP-GRE-C-2020-0371 del 03 de agosto del 2020, expresando supuestamente que por causa de fuerza mayor -COVID-19- se le debe exonerar de sus obligaciones de construir la segunda pista de nuestro primer Terminal aéreo, del nuevo Terminal y de la Torre de Control, y además le pide al Estado peruano que se le exonere de pagar el 46.51% de la retribución mensual que obliga el Contrato, postergándose esta retribución y los pagos de los servicios de la Corporación Peruana de Aeropuertos y Aviación Comercial (CORPAC), es decir en buen castellano el concesionario le pide al Estado peruano que lo subvencione en más de 3 mil millones de dólares y conociendo el comportamiento histórico de OSITRAN y de la Dirección de Concesiones del MTC, cualquier cosa podría pasar en nuestro país en perjuicio del Estado peruano.
 
Al respecto, entrevistamos al Abogado Julián Palacin Fernández del Estudio Jurídico Palacin, Abogado especializado en asuntos de Aviación, que además es ex Presidente de la Corporación Peruana de Aeropuertos y Aviación Comercial (CORPAC), quien expresó que como cuestión previa OSITRAN y el Ministerio de Transportes (MTC) deben tener presente que solo en 2 años LAP reportó más de 200 millones de dólares en utilidades y si se investigan las utilidades en 20 años, podríamos estar hablando de más de 2 mil millones de dólares, que estaban obligados a invertirlos en el Perú en cumplimiento al Contrato de Concesión (2001) del AIJCH con el Estado peruano.
 
Soy de la opinión jurídica, dijo Julián Palacin, de que no podemos hablar de evento de fuerza mayor estipulado en la Cláusula 13.4 del Contrato de Concesión con LAP, en razón a que se trata de obligaciones económicas contraídas el 14 de febrero del 2001, cuando se firmó el Contrato de Concesión, LAP tenía que construir la segunda pista contractualmente hablando en el 2012 y “esta fue la razón de la concesión”, y ahora 20 años después, cuando ha tenido utilidades inimaginables y ha aumentado las tarifas aéreas que obliga a la industria aérea a soportar las más altas de la Región Latinoamericana, el concesionario LAP no quiere cumplir sus obligaciones contractuales de construir la segunda pista, el nuevo Terminal y de pagar la retribución del 46.51% al Estado peruano, que tampoco quiere cumplir frente a un organismo como OSITRAN, que no da ninguna garantía jurídica de que se respeten los derechos del Estado peruano.
 
 Llama la atención, dijo el jurista, el planteamiento del concesionario LAP de suspender sus obligaciones de cumplir con los niveles de servicio y de calidad en el plazo inicial de 1 año sujeto a continuidad y extensión, asimismo en relación a los programas de mantenimiento mínimo, en donde se refieren a que dejarán de lado a aquellos relacionados con la apariencia o estética y todos aquellos que no resulten necesarios para asegurar la continuidad de las operaciones ¿…?; la verdad es que el Estado peruano debería comenzar a pensar en resolver esta concesión y que la explotación del Aeropuerto Internacional Jorge Chávez la asuma CORPAC con un Directorio que defienda los intereses del país y no guarde el silencio que actualmente significa permitir todo en perjuicio de los intereses del Estado peruano.
 
En el documento de LAP al Estado peruano se resumen las actividades y obligaciones que han quedado suspendidas en relación a la construcción de la segunda pista de aterrizaje del AIJCH, como el desarrollo y avance de diseño, aquellas actividades en el sitio relativas a los Early Works, al Paquete de trabajo 1, a las actividades de sitio relativas a la Torre de Control, etc.
 

Lo más importante, dijo Julián Palacin Fernández, es que el concesionario Lima Airport Partners (LAP), le dice al Estado peruano que no puede presentar ningún Proyecto Aeroportuario para construir la segunda pista y el nuevo Terminal a ningún banco que este dispuesto a financiar sus obligaciones previstas en el Contrato de Concesión, debido a qué, dice LAP, el elemento esencial para acreditar la viabilidad es la estimación de la demanda de pasajeros, sin embargo el concesionario no dice que cuando firmó el Contrato la demanda de pasajeros era 5 veces inferior, es decir, aproximadamente 4 millones de pasajeros anuales en el 2001 y ahora pretende no cumplir sus obligaciones porque sencillamente no quiere invertir si quiera el 50% de sus utilidades que ha acumulado durante más de 20 años gracias al Perú y a los sucesivos Directores de Concesiones del MTC que siempre miraron a otro lado en perjuicio de los intereses nacionales.

Creo, dijo Julián Palacin Fernández, que los funcionarios públicos de OSITRAN y los del Ministerio de Transportes y Comunicaciones que apoyen este petitorio contractualmente indebido de LAP de incumplir sus obligaciones de inversiones dentro de los términos y condiciones del Contrato del 14 de febrero del 2001, podrían incurrir en responsabilidad civil en agravio del Estado, para lo cual recomendó que la Comisión de Transportes del Congreso de la República, ponga en agenda este caso que involucra los derechos del Estado peruano a que el concesionario del AIJCH “LAP”, cumpla con sus obligaciones contractuales y no reciba una exoneración indebida en un Contrato en el que durante 20 años ha tenido utilidades multimillonarias que ahora no las quiere aplicar a la construcción de las obras aeroportuarias pendientes.