El Poder Ejecutivo promulgó hoy la Ley 30237 que deroga el aporte obligatorio de los trabajadores independientes menores de 41 años al sistema de pensiones, por lo cual pasará a ser voluntario. No obstante, ante la demora de Palacio de Gobierno estos trabajadores se vieron afectados por el mes de setiembre, en que se les obligó a pagar el aporte forzado.
La norma deroga los artículos 8 y 9 de la Ley de Reforma del Sistema Privado de Pensiones y la norma que la modifica. De este modo los aportes retornan a su estado anterior, esto es, se realizarán de forma totalmente opcional y voluntaria.
La afiliación también continuará siendo voluntaria
El artículo 33, "Aportes del trabajador independiente", indica que "El trabajador independiente puede afiliarse al Sistema Nacional de Pensiones (SNP) o al Sistema Privado de Administración de Fondos de Pensiones (SPP) voluntariamente”.
Devolución
Sobre los aportes obligatorios de independientes, ejecutados antes de esta derogación, la ley señala que "podrán ser devueltos o ser considerados para el reconocimiento del cálculo de la pensión a elección del trabajador independiente", lo cual implica pérdida de tiempo en este trámite.
Finalmente, con esta ley, publicada en el boletín de Normas Legales del diario oficial El Peruano, la disposición complementaria de derogatoria única establece la derogación de las demás normas, resoluciones y disposiciones que se opongan o limiten la aplicación de la presente Ley.
Suscriben el documento el presidente de la República, Ollanta Humala Tasso, y de la presidenta del Consejo de Ministros, Ana Jara Velásquez, la presidenta del Congreso de la República, Ana María Solórzano y el vicepresidente de ese poder del Estado, Modesto Julca Jara.
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