Hay muchos exfonavistas que no figuran en esta octava lista de personas a las cuales se les entregará una parte de sus aportes. Una posibilidad es que su registro haya estado mal y la otra, que simplemente han dado prioridad a otras personas.
Tal es el caso de muchos exfonavistas, incluso de 90 años, que fueron marginados sólo por pertenecer al régimen laboral 20530, y que recibían pensiones exiguas.
Los exfonavistas que desean saber si figuran en esta nueva relación, deberán consultar las páginas webs de la Comisión Ad Hoc: www.fonavi-st.gob.pe y www.fonavi-st.pe.
Si vio que no figura en este listado, un primer paso es revisar el estado de su inscripción, pues podría ser que no fue bien realizada o simplemente que algo distinto sucedió para que no lo consideren.
Para saber si fue bien inscrito, ingrese a este enlace:
https://www.fonavi-st.gob.pe/sifonavic1/index.jsp
Con el número de su DNI podrá saber si figura con algún problema.
Recuerde que hubo dos registros, uno para inscribirse y otro para indicar su historia laboral resumida. Por lo cual, tras digitar su DNI deben salir dos fechas, una del registro y otra del ingreso de la historia laboral.
De no ser así, ingrese a este enlace:
https://docs.google.com/file/d/0B--cvB-lMha0dXJNU29rXzBQMEU/edit?pli=1
Y descargue el Formulario 1 (F-1), llene los datos y preséntelo al Banco de la Nación. Recuerde que este trámite es gratuito.
Si figuran correctamente sus dos fechas, la de registro y de historia laboral, entonces dirija una consulta al correo de la Secretaría Técnica del Fonavi:
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La Secretaría Técnica del Fonavi desde un principio trabajó sin un buen criterio administrativo, pues simplemente bastaba que comiencen tomando la base de datos de jubilados, pues sus datos ya estaban revisados, pero perdieron mucho tiempo esperando que sigan muriendo los exfonavistas ancianos, para no pagarles.
Si en un plazo razonable no le responden, recurra a la Defensoría del Pueblo para exponer su queja en el modelo que debe descargar en este enlace:
http://www.defensoria.gob.pe/modelo-queja.php
Y remítalo a este correo:
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Tal vez puedan atender su caso, pero la Defensoría del Pueblo sólo puede realizar recomendaciones, si quiere la Secretaría Técnica del Fonavi no acata las recomendaciones, porque no hay sanción que pueda imponérseles por parte de la Defensoría.
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