Sentencia histórica rechaza pretensión de terceros de disponer de pensión de esquizofrénicos
- Juez dicta sentencia histórica contra la exigencia de declarar ´incapaces’ a las personas con discapacidad para cobrar una pensión.
- Edwin Béjar, magistrado del Tercer Juzgado de Familia de Cusco, considera “inconstitucional” este requisito.
- Las personas con discapacidad interdictadas (declaradas incapaces ante un juez) no pueden votar, casarse o firmar un contrato por sí mismas.
Para los hermanos cusqueños Rubén y Wilbert Velásquez, la muerte de su padre marcó su destino. Cuando su madre, Marta Ciprián, solicitó la pensión de orfandad que les corresponde, la Oficina de Normalización Previsional (ONP) exigió como requisito declarar incapaces (interdictar) a sus hijos debido a su diagnóstico de esquizofrenia paranoide. Sin embargo, el juez Edwin Béjar, magistrado del Tercer Juzgado de Familia de Cusco, consideró inconstitucional este requisito y dictó una sentencia histórica permitiendo a los hermanos recibir la pensión sin la necesidad de ser interdictados.