La Secretaría General de la Comunidad Andina declara gravamen al comercio interregional el cobro de la Tasa por Servicio de Control Aduanero impuesta por Ecuador
La Secretaría General de la Comunidad Andina, mediante la Resolución N.° 1999, emitida el pasado 20 de abril, declaró que la Tasa de Servicio de Control Aduanero impuesta por el Ecuador desde el 8 de noviembre del 2017 y vigente desde el 13 de noviembre constituye un gravamen conforme a lo dispuesto por el artículo 73 del Acuerdo de Cartagena, que incide sobre la importación de productos originarios del territorio de los países miembros, vulnerando así el Programa de Liberación de la Comunidad Andina, indicó Yolanda Torriani Del Castillo, presidenta de la Cámara de Comercio de Lima.