*Miguel Àngel Rodríguez Mackay
Hemos reiterado en innumerables oportunidades con vocación y convicción la necesidad de que el Perú adhiera a la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar dado que es el único instrumento jurídico internacional universalmente reconocido que hará valer nuestros derechos e intereses en todo el espacio oceánico. Aún cuando las ventajas de la referida adhesión son enormes para nuestro país, no es objeto de este artículo reiterarlas. Sus bondades son sencillamente extraordinarias sobretodo para un país como el nuestro que ha sido determinado por la naturaleza en su calidad geopolítica como un Estado marítimo. En efecto, su calidad geográfica ha afirmado el principio del derecho internacional de la delimitación marítima denominado “Tierra domina el Mar” o principio de adyacencia que es la base de los derechos que le asisten en su proyección hasta el límite exterior de las 200 millas siempre según la forma de su costa y hasta cuya distancia es que el Perú ejerce soberanía y jurisdicción sobre los recursos vivos y no vivos. Y, con ello, nuestro país tiene una autoridad ganada en la historia del derecho del mar dado que en la construcción del nuevo derecho del mar forjado desde los años cuarenta del siglo XX por los pronunciamientos unilaterales principalmente de los países del Pacífico Sur (Chile, Perú y Ecuador), que cambiaron la concepción sobre el mar, es decir, dejando atrás la tesis de concebirla como un espacio de seguridad militar para dar paso a la aprehensión de los océanos como un espacio eminentemente de naturaleza socio-económica al privilegiar el impacto de los recursos vivos para la subsistencia de las poblaciones de los estados costeros. Esta novísima y revolucionaria visión de los mares llevó a la comunidad internacional a concluir en 1982 la Convención del Mar y en ese esfuerzo compartido para consagrar la tesis de las 200 millas el Perú fue pionero y lideró de modo indubitable la formulación de dicha tesis sobre el mar que fue incorporada en la denominada “Constitución de los Océanos”.